JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

ACEVEDO CON ZUÑIGA

Rol

Fecha

10 de febrero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente:          Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, cuyo no es el caso, no pudiendo el presente recurso ser acogido a tramitación.          Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible la apelación interpuesta el veintiuno de diciembre de dos mil veinte, en contra de la resolución de diecisiete de diciembre del mismo año.               Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-272-2021.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 472 de Código del Trabajo, se declara inadmisible la apelación interpuesta el veintiuno de diciembre de dos mil veinte, en contra de la resolución de diecisiete de diciembre del mismo año.               Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-272-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (cvb) Santiago, diez de febrero de dos mil veintiuno Al folio 2; estese a lo que se resolverá.          Vistos y teniendo presente:          Que atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales serán ina

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