BÓRQUEZ/LAGOS
Rol
Fecha
2 de febrero de 2021
Materia
ACCIONES DE DOMINIO ART. 26 DL 2695
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
VISTOS: Se reproduce la parte expositiva de la sentencia apelada y se eliminan los
Fundamentos
considerandos primero a décimo segundo inclusive. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que don SEBASTIÁN CERECEDA SOLIS, abogado por la demandante, interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 24 de junio de 2020, dictada por don Marcelo Alfonso Segura Sperguel, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco, quien solicita revocar lo resuelto en el
Fallo
fallo impugnado; el que en su parte resolutiva declara: “Que se rechaza la demanda interpuesta intentada en el folio 1, por don Sebastián Cereceda Solís, abogado, en representación convencional de doña Verónica Oldene Bórquez Vásquez, en contra de don José Lagos Faúndez.” El fundamento del recurso radica en que, según el sentenciador, la actora carece de legitimación activa para accionar de la forma que ha comparecido en estos autos, razón por la cual la demanda se rechaza, omitiendo el tribunal pronunciarse sobre el fondo de lo controvertido. Termina solicitando se acoja la acción reivindicatoria interpuesta y, en consecuencia, se ordene al Conservador de Bienes Raíces de Paillaco, cancelar la inscripción a nombre del demandado, don José Lagos Faúndez, de fojas 71, N°60 del Registro de Propiedad del año 2018, con costas. SEGUNDO: Que, en segunda instancia y antes de la vista del recurso, el abogado de la parte demandada, don Marcelo Fritz Castro, con fecha 18 de diciembre de 2020, formuló excepción de prescripción de la acción reivindicatoria interpuesta por la demandante, atendido que ha transcurrido en exceso el plazo de un año contado desde la fecha de inscripción del inmueble practicado por resolución administrativa. Argumenta que el demandado inscribió en el Registro de Propiedad de Paillaco, el terreno objeto de reivindicación con fecha de 26 de enero de 2018, pero datando su anotación en el Repertorio del Conservador de Bienes Raíces del 28 de diciembre de 2017, que e
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C.A. de Valdivia Valdivia, dos de febrero de dos mil veintiuno. VISTOS: Se reproduce la parte expositiva de la sentencia apelada y se eliminan los considerandos primero a décimo segundo inclusive. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que don SEBASTIÁN CERECEDA SOLIS, abogado por la demandante, interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 24 de junio de 202
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