SAUMA/ITAUCORPBANCA
Rol
Fecha
1 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 08 de octubre de 2020 comparece Marcela Sauma Maldonado, dueña de casa, quien interpone recurso de protección en contra del Banco Itaú CorpBanca, por el acto ilegal y arbitrario que consiste en no hacerse responsable por la defraudación sufrida por su parte, a través de la contratación de un crédito de consumo, transferencia electrónica y avance en la tarjeta de crédito; todos ejecutados sin su consentimiento. Explica que el 13 de marzo de 2020 recibió una llamada de supuestos ejecutivos del Banco y luego el día 15 siguiente recibió un correo electrónico del Banco informando la contratación de un crédito de consumo por $5.083.695 más seguros, con costo total de $7.300.047 que nunca contrató, y que había sido abonado a su cuenta el 13 de marzo de 2020. Al llamar al Banco, le fue comunicado que terceros sustrajeron $170.000 desde su tarjeta de crédito en avances en cuotas, que no efectuó. A continuación revisó sus productos bancarios percatándose que la línea de crédito fue aumentada y que se realizó una transferencia sin su autorización el día 13 de marzo por $5.270.000 a la cuenta corriente N°007058545400 del Banco Santander, cuyo titular es Denisse Ivonne Rodríguez Marchant, cédula de identidad N°20.455.963-5, mail envía@yahoo.es, cuyo reclamo quedó registrado con el N°122827. Consultado el Banco, se le señaló que el desconocimiento de las operaciones solo podía hacerse en una sucursal, lo que hizo el día 16 de marzo, indicándole además el funcionario que debía, además, hacer el desconocimiento en la página web del Banco, lo que quedó registrado bajo el N° 122938. Asimismo, remitió una carta con el 19 de marzo y concurrió a la Comisión de Mercado Financiero realizando una denuncia por fraude. El día 15 de marzo interpuso también, una denuncia en la Policía de Investigaciones por delito informático, que se encuentra en investigación bajo RUC 2000326073-k en la Fiscalía Centro Norte. A pesar de lo expuesto, la rec
Fundamentos
considerando que en este caso específico existe un cuestionamiento directo del derecho que se reclama y que arranca del propio actuar del cliente, lo que supone necesariamente que la discusión sobre el cumplimiento de las obligaciones que se generan para las partes en virtud del contrato de cuenta corriente se radique en una sede distinta. Séptimo: Que de este modo, no concurriendo el primero de los requisitos indispensables para el éxito de la acción constitucional de protección, esto es, la existencia de un derecho indubitado que demande su resguardo, el presente arbitrio deberá necesariamente ser desestimado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción deducida por Marcela Sauma Maldonado en contra del Banco Itaú CorpBanca. Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívense estos autos. N°Protección-90.995-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de febrero de dos mil veintiuno. A los folios, 14, 16 y 18: a sus antecedentes. A los folios 15 y 17: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 08 de octubre de 2020 comparece Marcela Sauma Maldonado, dueña de casa, quien interpone recurso de protección en contra del Banco Itaú CorpBanca, por el acto ilegal y arbitrario que consiste en n
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