HUERTA/LÓPEZ
Rol
Fecha
1 de febrero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA (DEL ACUERDO)
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que con fecha 17 de agosto de 2020 comparece Andrés Eduardo Huerta Villarroel, quien interpone recurso de protección en contra de Camila Pelusa López González, ambos periodistas, por los actos arbitrarios e ilegales consistentes en realizar publicaciones a través de redes sociales, que afectan su derecho a la honra. Funda su recurso señalando que mantuvo una relación amorosa con la recurrida entre los meses de octubre de 2018 y octubre de 2019, la cual llegó a su término por decisión del recurrente, toda vez que la relación se desgastó y se produjeron incompatibilidad de caracteres, atendidas ciertas conductas que, en su concepto, no eran las que deseaba para su vida personal y de pareja. Afirma que la recurrida no ha podido, a la fecha, aceptar el término de la relación, enviándole mensajes desde cuentas de Instagram y Twitter, creadas al efecto o ad-hoc para comunicarse con él, ya que todas las demás vías tales como teléfono, whatsapp, mail, las mantiene bloqueadas o derivadas directamente al SPAM o correo no deseado. Señala que la recurrida ha escalado progresivamente en lo que entiende para ella es un juego consistente en amenazar constantemente a través de diversas cuentas de redes sociales como Instagram y Twitter, públicas o abiertas a todo público, de la publicación o “funa” en su contra, por hechos desconocidos y que penden su descubrimiento, pues la recurrida mantiene este “suspenso” a fin de causarle un profundo malestar sicológico y por cierto, dañar su imagen, inmersa en su derecho a la honra garantida por la Carta Fundamental. Precisa que cronológicamente es posible distinguir dos fases en la escalada de coacción y deshonra que la recurrida ha urdido en su contra. La primera comenzó con el término de la relación amorosa y consistió en mensajes, llamados e incluso visitas a su domicilio, obrando en pos de reanudar la relación a lo cual el recurrente no accedió. Fue así que hasta marzo de este año, se extendió un periodo de conversaciones en persona y por chat, donde trataron de dialogar como dos personas adultas, pero siempre encontrando un punto de discordia. Indica que la segunda parte comenzó en el mes de septiembre de este año, a casi 11 meses del término, cuando la recurrida adoptó una modalidad de operar consistente en el envío de mensajes desde cuentas creadas por ella. En dichas publicaciones, la recurrida “etiquetó”, es decir, nombró a otros usuarios con sus respectivas direcciones de dichas redes sociales, identificatorias de estos usuarios y
Fallo
por tanto de los perfiles activos de dichas personas en dichas redes sociales Instagram y Twitter, quienes forman su círculo íntimo o de trabajo, incluyendo a dos de sus ex parejas en los textos publicados, dirigiendo la comunicación también a estas personas. Relata que el tono editorial de los mensajes, es totalmente desproporcional a la gravedad de la acusación que pretende en su contra. En estas semanas, la recurrida ha escrito decenas de mensajes que dan cuenta de una futura “FUNA” en su contra la cual se haría develar por ella en dichas redes sociales (Instagram y Twitter) etiquetando en casi todas a su actual pareja sentimental y personas de círculos íntimos o personales, para hacerlas partícipes de dicha develación de información que, por ahora, en casi dos semanas de constante amenaza y coacción, no se ha producido. Precisa que las cuentas señaladas han sido creadas por la recurrida y de ello no cabe duda. Le ha enviado mensajes directos personales a su cuenta en la red social Instagram, tal como lo hace con la cuenta de Instagram “Luna Soto” @lunisoto, que coincide con la cuenta de Twitter “Luni Soto” (@lunisoto) y además se desprenden ciertos elementos o detalles que dotan de verosimilitud y seriedad la imputación de ser ella la autora de estas maniobras que dañan su honra, su nombre y su posición en el normal desarrollo social de una persona acorde a su edad, profesión y relaciones sociales, personales y laborales. En este sentido, la principal cuenta que utiliza
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de febrero de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que con fecha 17 de agosto de 2020 comparece Andrés Eduardo Huerta Villarroel, quien interpone recurso de protección en contra de Camila Pelusa López González, ambos periodistas, por los actos arbitrarios e ilegales consistentes en realizar publicaciones a través de redes sociales, que afectan su derecho a la honra. F
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