2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LOBOS/MASTER MARTINI CHILE SPA

Rol

Fecha

1 de febrero de 2021

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de treinta y uno de enero de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4992-2019, caratulados “Lobos con Master Martini Chile SPA”; se acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones sin costas, sin costas. En contra del fallo, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se incorporó a la tabla de esta Sala y en la audiencia respectiva, alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la parte recurrente deduce la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo fundada en que se acompañaron durante el proceso elementos de prueba suficiente que justifican el despido del trabajador demandante. Refiere que la sentenciadora le restó valor probatorio a los documentos incorporados por su parte en el juicio, y en consecuencia, no ponderó las pruebas conforme a la sana crítica, prescindiendo de los elementos lógicos, científicos y técnicos o de experiencia que se debieron tener en cuenta al momento de dictar el fallo, habida consideración de la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de los antecedentes aportados. Indica que respecto a la omisión que reclama el actor, en relación al domicilio que figura en el comprobante de envío por correos de chile, hace presente que su parte sí señaló el domicilio completo al enviar la carta de aviso de despido al trabajador al mismo domicilio señalado en el contrato como consta en la carta de envío, estimando que el error en el mismo se produjo debido a la extensión de palabras que contenían el domicilio y por falta de espacio en el pequeño documento “boucher” el funcionario de correos de chile que recibió la carta para su envío no incorporó en éste la numeración específica, asimismo, por sentido común, resulta imposible enviar una carta sin la numeración completa del domicilio de destino, pero no obstante ello, no puede atenderse las argumentaciones del actor y que dicen relación con el domicilio consignado en el “boucher” de correos es diferente al del contrato, toda vez que, es el mismo, solamente que el domicilio no aparece en ese “Boucher” con la dirección precisa y numérica pero sí determina la misma calle y la comuna del contrato. No habiendo otra posibilidad para el sentido común ni razón alguna para desconfiar que ésta fue entregada al mismo domicilio señalado como en la documental incorporada por su parte. Solicita se declare nula la sentencia por haberse dictado con infracción de ley, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y se dicte sentencia de reemplazo rechazando en todas sus partes la demanda de despido injustificado, con costas. Segundo: Que siendo este medio de impugnación un recurso de derecho estricto, en el cual se debe cumplir requisitos formales en su formulación, una de esas exigencias -conforme al artículo 480 inciso final del Código del Trabajo- es que el recurso contenga peticiones concretas. Pues bien, no obstante que el recurrente desarrolla en el cuerpo del escrito la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es la infracción manifiesta a las normas de valoración conforme a las reglas de la sana crítica, en lo petitorio pide a esta Corte que “…declarando nula la sentencia por haberse dictado con infracción de ley, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, y dicte sentencia de reemplazo rechazando en todas sus partes la demanda de despido injustificad

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 479, 480 inciso final, $481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza, con costas, el recurso de nulidad deducido por la parte demandada contra la sentencia de treinta de enero de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo, en la causa RIT N° O-4992-2019, sentencia que, en consecuencia, no es nula. Se regulan las costas personales del recurso en la suma de $ 200.000.- Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro Tomás Gray. No firma el ministro señor Madrid, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por estar con licencia médica. Laboral-Cobranza Nº 639-2020.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de febrero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de treinta y uno de enero de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4992-2019, caratulados “Lobos con Master Martini Chile SPA”; se acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones sin costas, sin costas. En contra del fallo, la parte demandada dedu

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