MP C/ ORLANDO WLADIMIR PENA MONSALVES
Rol
Fecha
30 de enero de 2021
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: 1°) Que de los antecedentes de la investigación, expuestos por ambos intervinientes, aparece que se encuentran justificados, hasta ahora, los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. En efecto, luego de una entrada y registro autorizada por el tribunal, fue encontrada en el domicilio del imputado, pasta base destinada a su comercialización, existiendo a su vez, la constatación previa de venta en el mismo lugar. 2°) Que en cuanto a la necesidad de cautela, cabe considerar que el imputado se encontraba sometido a una medida cautelar de privación de libertad en su domicilio en forma total, desde el mes de octubre del año pasado, por la investigación de un delito de tráfico de estupefacientes del artículo 3 de la ley 20.000 y, en el mismo inmueble donde cumplía la cautelar, continuó con la venta de droga, elementos que constituyen antecedentes objetivos para considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, asimismo y teniendo presente que no goza de irreprochable conducta anterior, ha de considerarse entonces, que es la medida de prisión preventiva la que resulta proporcional para satisfacer los fines del procedimiento. Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintiocho de enero pasado, por el Juzgado de Garantía de Coronel, que negó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ORLANDO WLADIMIR PEÑA MONSALVES, decidiéndose, en su lugar que se le impone dicha medida solicitada por el Ministerio Público. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-97-2021.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintiocho de enero pasado, por el Juzgado de Garantía de Coronel, que negó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ORLANDO WLADIMIR PEÑA MONSALVES, decidiéndose, en su lugar que se le impone dicha medida solicitada por el Ministerio Público. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-97-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción irm Concepción, treinta de enero de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: 1°) Que de los antecedentes de la investigación, expuestos por ambos intervinientes, aparece que se encuentran justificados, hasta ahora, los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. En efecto, luego de una entrada y registro autorizada por el tribunal, fue encontrada en el
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