GUTIÉRREZ ACUÑA NICOLÁS IGNACIO ISRAEL/8° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
29 de enero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones; por lo cual, la acción deducida no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones; se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-185-2021.-/gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la ministro señora Inelie Durán Madina y por la abogada integrante señora Carolina Coppo Diez.
Fallo
Por estas consideraciones; se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-185-2021.-/gvs/ Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la ministro señora Inelie Durán Madina y por la abogada integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones; por lo cual, la acción deducida no puede ser acogida a tramitación. Por
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