SIN INFORMACION

ROJAS/SEREMIA EDUCACION MAULE

Rol

Fecha

29 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha seis de junio del corriente, doña ELIZABETH ANDREA GONZALEZ BASCUÑAN, y don CARLOS ALONSO ROJAS ROJAS, ambos domiciliados en Constitución, quienes interponen recurso de protección en contra del Colegio San Alberto Hurtado cuya Directora es doña Marcela Lillo y en contra de la SECRETARÍA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LA REGIÓN DEL MAULE (SEREMI), por haber vulnerado en forma grave los derechos fundamentales que se indicarán de su hija JOSEFA LEONOR ROJAS GONZALEZ, actualmente ingresada al Sistema de Admisión Escolar (SAE) para Kínder 2021; culminando con la amenaza cierta de impedir el ejercicio del derecho a postular en igualdad de condiciones al proceso de Admisión, sin existir ni norma legal ni otra administrativa dictada conforme a la Constitución ni

Fundamentos

motivos racionales que lo justifiquen, incluso infringiendo el proceso formal de selección que regula las materia Señalan que son una familia formada por ellos y sus dos hijos, ALONSO SEBASTIÁN y JOSEFA LEONOR, ambos de apellidos ROJAS GONZALEZ. Desde que los recurrentes éramos adolescentes han estado vinculados al Colegio recurrido. En el año 2017, ingresó al colegio recurrido su hijo ALONSO SEBASTIÁN ROJAS GONZALEZ, quien tras un largo proceso de selección pudo ingresar también al establecimiento y ser hoy un alumno de excelencia en el Colegio recurrido. Fue así, que de una manera lógica estuvieron, como familia, dispuestos a destinar sus mejores esfuerzos para que la niña menor también pudiera pasar a formar parte de la llamada familia Albertiana. Sin embargo, se ha hecho cierto que ello no acontecerá de mantenerse los efectos del acto arbitrario e ilegal contra el cual se recurre. El Colegio desde hace muchos años que posee niveles escolares desde Kínder hasta Cuarto Medio. Por eso, resulta de la máxima relevancia, que los alumnos que sean seleccionados para este primer nivel (Kínder) lo hagan en debida forma y cumpliendo con todos los requisitos, procedimientos y formalidades que se establecen al respecto, ya que objetivamente, sólo en este momento y durante toda la vida escolar, es cuando se tienen mayores posibilidades de acceder a un cupo. Es por esta razón, que apenas se abrieron las postulaciones en el Sistema SAE, el día 11 de agosto de 2020 a las 00:55 horas, se esmeraron en postular a su hija, poniendo a disposición del sistema, todos los antecedentes requeridos. A ello se sumaba que Alonso, su otro hijo, era ya alumno del Colegio, por lo que de acuerdo al Sistema de Admisión Escolar, le otorga necesariamente una prioridad, concretamente la número 1, al tener un hermano en el establecimiento. La creación del Pre kínder: Según la versión de la Dirección del Colegio, en Marzo habrían postulado al Ministerio de Educación para abrir un nuevo nivel, esto es un Pre kínder. Esta situación, jamás les provocó inquietud, porque ni siquiera en Marzo estaban las instalaciones listas para recibir a nuevos alumnos y el sistema de admisión para Kínder 2021 hasta fines de agosto estaba en pleno desarrollo. Sin embargo, muy ingrata sería su sorpresa cuando el día 03 de septiembre, siendo aproximadamente las 9:30 horas, recibieron un llamado de parte de una apoderada del Colegio, indicándoles que se había abierto la postulación para Pre Kínder 2020 habiéndose publicado por Facebook y que los niños que quedaran seleccionados por orden de llegada, serían también los beneficiados con la Admisión de Kínder 2021. Con el objeto de no perder la única posibilidad que se abría, y habiéndose puesto aparentemente término por parte del Colegio al proceso de selección SAE, debía estar inmediatamente en el establecimiento. Esto además, fue complicado por la distancia entre su casa y el Colegio y porque el compareciente se encontraba en Santiago con el padre de la c

Fallo

por tanto no aparece en el sistema de admisión. Atendido lo anterior se solicita desde el colegio san Alberto a la Seremi, que se indique como se ha de llevar a efecto la admisión atendida que no aparece en el sistema de admisión electrónico. Según la recurrente, la creación del Prekinder: “Según la versión de la Dirección del Colegio, en diciembre del 2019 se inicia el proceso de postulación y en Marzo se apeló al proceso postulado al Ministerio de Educación para abrir un nuevo nivel, esto es un Prekinder. Las instalaciones del Colegio San Alberto ya estaban, por lo cual mi representado postuló a media jornada en las actuales dependencias del colegio, kínder.” c. Con fecha 24 de agosto, se recibe la resolución N° 1002 que autoriza la creación del pre-kínder 2020, a la brevedad fue enviada al encargado del sistema SAE a nivel provincial, don José Contardo, vía telefónica, Manuel Aravena, asistente de dirección, pide información sobre los pasos a seguir, por este mismo medio, José Contardo indica que debemos esperar la autorización de parte de ellos, ya que se debe paralizar la postulación de los kínder 2021, para poder inscribir los pre kínder 2020. d. Don José Contardo, el día 26 de agosto, se comunica con Manuel Aravena, asistente de dirección del colegio, vía telefónica y vía correo, solicitando diferentes datos sobre el nivel, por ejemplo, ¿cuántos cursos son?, ¿cómo van a funcionar?, ¿cuántos alumnos por curso?, cuántos alumnos en total?, esa información se entrega el mi

Texto Completo (Preview)

Talca, veintinueve de enero de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha seis de junio del corriente, doña ELIZABETH ANDREA GONZALEZ BASCUÑAN, y don CARLOS ALONSO ROJAS ROJAS, ambos domiciliados en Constitución, quienes interponen recurso de protección en contra del Colegio San Alberto Hurtado cuya Directora es doña Marcela Lillo y en contra de la SECRETARÍA REGIONAL D

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica