1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

JABBOUR/INGENIERIA NOUS SPA

Rol

Fecha

26 de enero de 2021

Materia

NULIDAD DEL DESPIDO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de treinta de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en los autos RIT Nº O-814-2019, se acogió parcialmente la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, interpuesta por Chadi Jabbour Chediak en contra de Ingeniería Nous SpA, sólo en cuanto se condena a esta última a pagar al actor prestaciones consistentes en feriado legal, remuneraciones de diciembre de 2018 y enero de 2019 y bono de colación. Contra ese fallo la demandante deduce recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4, del mismo estatuto, solicitando invalidar la referida sentencia definitiva y se dicte fallo de reemplazo que en su lugar declare que se acoge la demanda y que la demandada ha incurrido en incumplimiento del contrato de trabajo por la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, así como la nulidad del despido, ordenando el pago de las prestaciones que señala, con intereses, reajustes y costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó el apoderado de la parte demandante.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la demandante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en la letra e) del artículo 478, en relación con el N° 4 del artículo 459, ambas disposiciones del Código del Trabajo, pues afirma que la sentencia dictada en estos antecedentes no ha analizado toda la prueba rendida, expresando que el considerando quinto del

Fallo

fallo la demandante deduce recurso de nulidad, haciendo valer la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4, del mismo estatuto, solicitando invalidar la referida sentencia definitiva y se dicte fallo de reemplazo que en su lugar declare que se acoge la demanda y que la demandada ha incurrido en incumplimiento del contrato de trabajo por la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, así como la nulidad del despido, ordenando el pago de las prestaciones que señala, con intereses, reajustes y costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó el apoderado de la parte demandante. Considerando: Primero: Que la demandante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en la letra e) del artículo 478, en relación con el N° 4 del artículo 459, ambas disposiciones del Código del Trabajo, pues afirma que la sentencia dictada en estos antecedentes no ha analizado toda la prueba rendida, expresando que el considerando quinto del fallo en estudio consigna todos los medios de prueba que incorporaron las partes, pero luego, en el considerando sexto, al analizar los incumplimientos denunciados por el actor, no los analiza en su totalidad, y no da razones para entender aquello. Sostiene que la sentencia- al analizar las pruebas, concluye que se trata de incumplimientos por parte de la demandada, pero no los califica de graves, sino que los pondera como incumplimientos aislados, es

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de treinta de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en los autos RIT Nº O-814-2019, se acogió parcialmente la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, interpuesta por Chadi Jabbour Chediak en contra de Ingeniería Nous SpA, sólo en

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