SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE JOHN ROBERT VELASQUEZ SANCHEZ/GERDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

25 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, Julián Febrero Moscoso, abogado, domiciliado en Doctor Sotero del Río N° 626, oficina 803, Santiago, interpuso acción constitucional de amparo a favor de Jhon Robert Velásquez Sánchez, actualmente cumpliendo condena en el penal de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, a la cual atribuye que el hecho de no haber sido el amparado postulado al beneficio de libertad condicional. Expresa que el amparado se encuentra condenado a la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo por el delito de robo con violencia e intimidación y robo con violencia, ambas unificadas a la pena única de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, cumplimiento que fue iniciado el dieciocho de julio de dos mil siete, manteniendo abonos de novecientos quince días. Estima que se ha vulnerado la garantía del artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental, pues el amparado cumplía con el tiempo mínimo y los demás requisitos para optar al beneficio de la libertad condicional. Solicita se deje sin efecto la resolución que deniega la postulación por la Comisión de Libertad Condicional y en su lugar, conociendo del asunto, sea revocada esa decisión y se declare que el amparado John Robert Velásquez Sánchez cumple con todos los requisitos para acceder a este beneficio. SEGUNDO: Que, al tenor de la acción intentada esta Corte solicitó informe a Gendarmería de Chile y a la Comisión de Libertad Condicional. TERCERO: Que, evacuando el informe requerido, Jessica Vargas Gallardo, abogada, domiciliada en calle Cienfuegos N° 289, La Serena, en representación de Gendarmería de Chile, expuso lo que sigue. Primero, aclara que el amparado se encuentra cumpliendo condenas por los delitos de asociación ilícita de la ley de drogas, tráfico ilícito de drogas, robo con violencia e intimidación, homicidio simple, robo con homicidio, y lesiones graves. Se expresa que el amparado no cuenta con el tiempo mínimo, pues según los registros, este

Fundamentos

considerando los abonos por 915 días que posee el amparado. SÉPTIMO: Que, en cuanto a la Comisión de Libertad Condicional, aparece que esta no ha incurrido en acto alguno, por lo que malamente podría lesionar la libertad o seguridad individual del amparado. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Jhon Robert Velásquez Sánchez y en contra de Gendarmería de Chile y de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 26-2021 Amparo.-

Fallo

Por lo expuesto, pide el rechazo de la presente acción. CUARTO: Que, asimismo, el señor Fernando Ramírez Infante, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de esta Región, expuso que no es posible informar sobre la acción intentada porque el amparado no fue postulado en los procesos del primer y segundo semestre del año dos mil veinte, sin que exista resolución alguna de la Comisión a su respecto. QUINTO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEXTO: Que, dentro de los delitos por los que se encuentra privado de libertad el amparado, aparecen los de robo con homicidio y tráfico ilícito de drogas, los cuales, de conformidad al artículo 3° inciso tercero del Decreto Ley N° 321, guían a establecer como tiempo mínimo para la postulación al beneficio de la libertad condicional el de dos tercios de la pena. En este orden de ideas Gendarmería de C

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Velásquez Sánchez, Jhon Robert Gendarmería de Chile y otra Recurso de Amparo Rol N° 26-2021.- La Serena, veinticinco de enero de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, Julián Febrero Moscoso, abogado, domiciliado en Doctor Sotero del Río N° 626, oficina 803, Santiago, interpuso acción constitucional de amparo a favor de Jhon Robert Velásquez Sánchez, actualmente cumpliendo c

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