CANALES/HOGAR DE MENORES DAME TU MANO
Rol
Fecha
25 de enero de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En causa laboral Rit O-13-2020, sobre procedimiento de aplicación general de ingreso al Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Osorno, correspondiente al Rol 2-2021 de esta corte, doña Roxana Carrasco Santana, abogada por las demandantes, ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 09 de diciembre de 2020, dictada por la Jueza Titular doña Maria Isabel Palacio Vicencio, a fin que este tribunal lo acoja e invalide la sentencia impugnada y dicte sentencia de reemplazo, declarándose que el despido de las actoras fue injustificado y, consecuentemente se dé lugar en todas las prestaciones demandadas, con costas del recurso. Invoca como causal, en primer lugar, la del artículo 477 del Código del Trabajo, por haberse interpretado erróneamente el articulo 159 Nro. 6 del citado código en relación al artículo 45 del Código Civil, atendido a que el despido no fue producto de caso fortuito o fuerza mayor en la medida, que la sentenciadora olvido analizar en los requisitos de irresistibilidad y exterioridad del caso fortuito o fuerza mayor, toda vez que los hechos que se esgrimieron en la carta de despido no configuran esta causal, por no haber sido exteriores a la voluntad del empleador, como asimismo no fueron irresistibles. En subsidio invoco la causal de la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo, la que es reproducida en su reproche, en iguales términos que la causal principal, señalando en síntesis que la Sra. Jueza a quo incurrió en una errada calificación jurídica de los hechos. Finaliza indicando que estas infracciones influyeron en lo dispositivo del fallo, ya que a contrario sensu, sin ellas debió acogerse la demanda interpuesta, por lo que solicita la invalidación de la sentencia impugnada y la dictación de una de reemplazo, que declare que acoge totalmente las demandas de despido injustificado y cobro de prestaciones, con costas del recurso.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad deducido por la demandada, basado en la causal principal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, pretende la invalidación del
Fallo
fallo de primera instancia del Juzgado de Letras de Osorno, al estimarse por esta que se habrían interpretado erróneamente los articulo 159 nro. 6 del mismo código y artículos 45 y 1545 ambos del Código Civil, atendido a que el caso fortuito o fuerza mayor requiere, entre otras exigencias la irresistibilidad y exterioridad, esto es, que provoque la imposibilidad total, absoluta y permanente del empleador para cumplir con sus obligaciones laborales, situación que solo ocurre o se presenta cuando el empleador se ve totalmente imposibilitado de continuar con su giro, no obstante en este caso a la Sra. Jueza de la instancia le basto que todos los niños que estaban al cuidado del hogar demandado fueron retirados de dicho cuidado por orden de autoridad, esto es, por resolución del Juzgado de Familia de Osorno, siendo derivados estos menores a otros hogares; no considerando que el término del proyecto de la demandada con el Servicio Nacional de Menores (Sename), se debió al maltrato que sufrió un niño, al interior del hogar, por parte de una socia no trabajadora, hecho que en definitiva es imputable directamente al empleador; en consecuencia lo anterior conlleva según argumenta el error de interpretación denunciado. Finaliza en su recurso que la infracción indicada, llevo la Sra. Jueza de la instancia, a estimar que el despido no fue injustificado, implicando lo anterior que el referido vicio ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, objeto del presente reproche. SEGU
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C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de enero de dos mil veintiuno. Vistos: En causa laboral Rit O-13-2020, sobre procedimiento de aplicación general de ingreso al Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad de Osorno, correspondiente al Rol 2-2021 de esta corte, doña Roxana Carrasco Santana, abogada por las demandantes, ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha
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