BANCO DE CHILE/POVEDA
Rol
Fecha
25 de enero de 2021
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
DESISTIDA
Hechos
Vistos: Conforme a lo establecido en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, téngase a la abogada de la parte demandante por desistida del recurso de apelación subsidiario, interpuesto contra la resolución de catorce de diciembre de dos mil veinte. Devuélvase. N°Civil-917-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Conforme a lo establecido en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, téngase a la abogada de la parte demandante por desistida del recurso de apelación subsidiario, interpuesto contra la resolución de catorce de diciembre de dos mil veinte. Devuélvase. N°Civil-917-2020.
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