SIN INFORMACION

CALQUÍN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MALLOA.

Rol

Fecha

22 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 16 de octubre de 2020, comparece don Christian Rodrigo Calquín Peralta, asesor, en representación de la Asociación Gremial Artesanos de Pelequén, ambos domiciliados en Manuel Rodríguez 490 San Fernando, quien deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Malloa, representada por su alcalde don Arturo Floridor Campos Astete ambos domiciliado calle Bernardo O’Higgins 525, comuna de Malloa. Funda su acción en que con fecha 4 de enero del año 2008, la Ilustre Municipalidad de Malloa concedió a sus representados el comodato de 13.000 metros cuadrados de una propiedad mayor, ubicada en la localidad de Pelequen, comuna de Malloa, con una superficie total de 47.516 metros cuadrados. Afirma que dicho contrato fue concedido por 99 años en forma gratuita, siendo el objeto del comodato la instalación de talleres para comerciar artesanía sin fines habitacionales. Refiere que conforme al contrato procedieron a cercar y habilitar accesos el sitio dado en comodato, instalando diversos talleres de artesanos, y acopio de materia prima para el trabajo del mismo. Además, confeccionaron un plano, con el objeto de subdividir el terreno dado en comodato, para cada uno de los asociados, estableciendo lotes de 450 metros cuadrados, más un sector de área verde y caminos de acceso. En tales circunstancias, con fecha 15 de octubre pasado, se acercó un arquitecto contratado por la municipalidad, de nombre Felipe Droguet, quien señaló que dicho terreno había sido entregado en comodato a otra asociación, esto es, Asociación Gremial de Artesanos Canteros de Pelequén, representado por Rodrigo Antonio Herrera Vargas, aun cuando sus representados mantienen un comodato vigente por 99 años, contrato que no ha sido modificado, cancelado o puesto termino de forma alguna. Manifiesta que el mencionado arquitecto, por orden municipal, les ordenó sacar todos los talleres, cercos y material de artesanía antes del día lunes 19 de octubre último, porque iban a “pas

Fundamentos

considerando que la situación era de público conocimiento, ya que los locales de venta y talleres están a escasos metros del inmueble municipal, constando además que el Sr. Mario Sepúlveda Pincheira, presidente de la asociación gremial recurrente, estuvo presente en reuniones donde firmó su participación aceptando el término del comodato. Sostiene que en este sentido es dable destacar, que el presidente de la Asociación recurrente Sr. Mario Sepúlveda, a través de declaración simple que se adjunta al presente informe, da cuenta de que aceptó el término del contrato de comodato en el mes de enero del año 2020 por la causal mencionada en numeral 4 del Acápite I, esto es no haber realizado en el inmueble objeto del contrato construcción alguna, y asimismo que el terreno donde se encuentran los talleres pertenecientes a su agrupación, es un inmueble distinto al que les fuere entregado en comodato en el año 2008.

Fallo

Por lo expuesto, solicita dejar sin efecto el comodato otorgado ilegalmente a otra asociación gremial; que no se perturbe el derecho de propiedad, trabajo y asociación gremial, dejando de realizar toda obra en su propiedad, y principalmente que se ordene no ingresar a toda persona ajena o maquinaria a su propiedad, con costas. Acompaña a su presentación, copia de contrato de comodato de fecha 4 de enero del año 2008 y copia de certificado de asociación gremial artesanos de Pelequen, donde consta su directiva Con fecha 27 de octubre último, el recurrente indica que el día sábado 24 y lunes 26 del presente, trabajadores de la Municipalidad de Malloa, a cargo del arquitecto don Felipe Droguet, procedieron a sacar todos los deslindes (pilares, malla y alambre de púa) de sus representados. Añaden que les indicaron a los trabajadores y al arquitecto que existía un recurso de protección vigente y una orden de no innovar a su favor, sin embargo, señalaron que tenían órdenes de la municipalidad y que continuarían con los trabajos. Llamaron a Carabineros de Pelequen, pero no concurrieron al lugar aun cuando se les hizo presente la resolución del tribunal. Con fecha 4 de noviembre último, informa el Alcalde de la Municipalidad recurrida, señalando que en un intento por potenciar y desarrollar aún más el rubro artesano de la comuna y en particular de los artesanos de la piedra, convocó a diversas reuniones intersectoriales que incluyeron la presencia de autoridades como Seremi de Mine

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veintidós de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Con fecha 16 de octubre de 2020, comparece don Christian Rodrigo Calquín Peralta, asesor, en representación de la Asociación Gremial Artesanos de Pelequén, ambos domiciliados en Manuel Rodríguez 490 San Fernando, quien deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Malloa, representada por su alcalde don Arturo Flor

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica