PADILLA/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
22 de enero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA C.A DE SANTIAGO
Hechos
Vistos: Primero: Que atendido lo prevenido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. Segundo: Que atento a lo anterior y al mérito del informe evacuado por la recurrida, se advierte que el acto arbitrario e ilegalidades en que se sustenta el recurso de protección, dice relación con hechos acaecidos en la ciudad de Santiago de lo que se desprende que el acto impugnado se ha cometido en un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y Garantías Constitucionales, declárese incompetente esta Corte de Apelaciones de Antofagasta, para el conocimiento del recurso intentado en autos. Remítase los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese. Rol 4914-2020 (PROT)
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. Segundo: Que atento a lo anterior y al mérito del informe evacuado por la recurrida, se advierte que el acto arbitrario e ilegalidades en que se sustenta el recurso de protección, dice relación con hechos acaecidos en la ciudad de Santiago de lo que se desprende que el acto impugnado se ha cometido en un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte. Y de conformidad con lo señalado en el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección y Garantías Constitucionales, declárese incompetente esta Corte de Apelaciones de Antofagasta, para el conocimiento del recurso intentado en autos. Remítase los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese. Rol 4914-2020 (PROT)
Texto Completo (Preview)
crm//Antofagasta, a veintidós de enero de dos mil veintiuno. A lo principal y otrosíes: Estese a lo que se resolverá. Vistos: Primero: Que atendido lo prevenido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometi
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