SIN INFORMACION

ASTUDILLO/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

21 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Primero: Que, en esto autos comparece Ulises Eduardo Astudillo Guerra y deduce acción de protección en contra del Banco de Chile, representado legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego, por el acto arbitrario e ilegal que denuncia, consistente en la negativa del recurrido a devolver el dinero sustraído fraudulentamente desde la tarjeta de crédito del recurrente. Explica que el día 25 de mayo de 2020, al ingresar al portal online de la recurrida para revisar el estado de la tarjeta de crédito que tiene contratada con ella, tomó conocimiento de 5 operaciones anormales y fraudulentas que se habían realizado con dicho producto financiero, por un monto total de $4.487.691.-, consistentes en transacciones efectuadas a través del portal “Sencillito”, realizadas todas estas en un intervalo de tan solo siete segundos, entre las 10:50:29 y 10:50:36. Señala que a la fecha y luego de realizarse diversas diligencias investigativas, el recurrido se ha negado a enterar los dineros sustraídos, argumentando que las transacciones se efectuaron mediante las autorización de dos claves secretas del cliente. Asegura que la página web, los digipass y las tarjetas de créditos son productos diseñados, elaborados y proporcionados por el mismo banco, por lo que entiende completamente contrario a derecho que se haga recaer sobre él, como cliente, los riesgos de una actividad cuyo control corresponde al recurrido. Sostiene que la actuación del recurrido debe ser calificada de arbitraria e ilegal, vulnerando la garantía de los numerales 24 y 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al negarse a la restitución de los dineros sustraídos del recurrente, lo que ha ocasionado a este sentimientos de angustia y preocupación. Previas citas de jurisprudencia, termina solicitando que se acoja la presente acción de protección, ordenándose al recurrido la restitución de los fondos sustraídos el día 25 de mayo de 2020 desde la tarjeta de crédito del recurrente. Segundo: Que

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se acoge, con costas, el recurso intentado por Ulises Eduardo Astudillo en contra del Banco de Chile, representado legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego, y en consecuencia se ordena que el recurrido deberá restituir a la actora la suma de $4.487.691.-, depositándosela en la cuenta corriente que mantiene en dicha institución bancaria. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-84298-2020. Redacción del Ministro Suplente señor Carlos Cosma Inojosa. No firma el señor Carlos Cosma Inojosa, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones como Ministro Suplente.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintiuno. VISTO: Primero: Que, en esto autos comparece Ulises Eduardo Astudillo Guerra y deduce acción de protección en contra del Banco de Chile, representado legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego, por el acto arbitrario e ilegal que denuncia, consistente en la negativa del recurrido a devolver el dinero sustraído fraudulentamente des

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