FABIAN ELICER URIBE ACUNA C/ RICARDO ALBERTO BELLO SILVA
Rol
Fecha
21 de enero de 2021
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que, concurren los presupuestos contenidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, ello en mérito a los
Fundamentos
fundamentos expuestos por el Tribunal a quo, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva del imputado RICARDO ALBERTO BELLO SILVA, por estimar que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad. Decisión acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial sr. Juan Bladimiro Santana Soto, quien estuvo por revocar la resolución apelada, teniendo para ello presente que de conformidad al artículo 139 del Código Procesal Penal, la necesidad de cautela y los fines del procedimiento se satisfacen con una medida distinta a la decretada, como el arresto domiciliario total, en atención a la pena asignada al delito por el cual se ha formalizado la investigación. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-74-2021. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de enero de dos mil veintiuno. A presentación de la Abogada Valeria Basilio Rudiger, folio 4: A lo principal, primer y segundo otrosí: téngase presente. A la presentación del Abogado Jeremy Valdés Sarmiento, folio 5: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente la delegación de poder. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto po
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