SEGUROS SURAMERICANA S.A/LIBERTY COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A
Rol
Fecha
22 de enero de 2021
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente. 1) Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 en los asuntos de que conocen en primera instancia los Jueces de Policía Local procederá el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el término fatal e individual de cinco días, contados desde la notificación de la resolución respectiva. 2) Que del mérito de los antecedentes consta que el recurso deducido por la recurrente con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, fue notificado, según aparece del estampado receptorial el día cuatro de noviembre de dos mil diecinueve. Por lo que el recurso ha sido interpuesto en forma extemporánea. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287 se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por la recurrente con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia de diez de septiembre de dos mil diecinueve. Regístrese y devuélvase N°PoliciaLocal-4444-2019.
Fallo
se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por la recurrente con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia de diez de septiembre de dos mil diecinueve. Regístrese y devuélvase N°PoliciaLocal-4444-2019.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, veintidós de enero de dos mil veintiuno. A sus autos el certificado que antecede. Por recibidos los antecedentes desde el Tribunal de primera instancia. Téngase por cumplido lo ordenando con fecha veinticuatro de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente. 1) Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 en los asuntos de que conoc
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