/GERDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
20 de enero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: El Defensor Penal Público Rodrigo Torres Díaz interpuso recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, y en favor de la imputada SILVANA MELENDEZ NICOLICH, actualmente en internación provisional, causa RUC 2000667637-6, RIT 5588-2020 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, en la que, con fecha 23 de diciembre de 2020, se decretó el sobreseimiento temporal conforme el artículo 458 del Código Procesal Penal, dejando sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva, y a su vez disponiendo su internación provisional en la Unidad Psiquiátrica del Hospital de Arica, la cual se materializó el día 7 de enero pasado desde el CDP Femenino de Acha al recinto de salud. Refiere que el 14 de enero pasado, la defensa concurrió a la unidad de psiquiatría en cuestión, a fin de verificar las condiciones de privación de libertad, tomando conocimiento directo que la encausada se encuentra con vigilancia de funcionario de Gendarmería en forma continua, y con dispositivo de seguridad tipo grillete en una de sus extremidades inferiores, que la mantiene sujeta a su camilla, grilletes que sólo son retirados para hacer uso del servicio higiénico. Expone que dicho dispositivo resulta incompatible con la naturaleza de la medida cautelar y es degradante y contrario a la dignidad humana. Añade que la funcionaria a cargo, confirmó lo constatado por el defensor e indicó que no ha existido situación alguna de indisciplina o agresividad, sino que la medida impuesta obedece al protocolo de Gendarmería. Razona que esta medida es contraria al deber del Estado de proteger el respeto y resguardo de los derechos inherentes a la condición humana, debiendo las personas privadas de libertad gozar de un trato digno, libre de toda clase de coacciones y apremios, tanto por normativa interna como internacional. En tal sentido, afirma que la medida de seguridad, debe cumplir con las llamadas Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (Reglas de Mandela
Fundamentos
considerando que antecede, un fracaso en los métodos de control de la imputada, a quien se conferirá amparo en la forma que se dirá en lo resolutivo. Por las anteriores consideraciones y normas legales citadas y lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República,
Fallo
se declara: Que SE ACOGE el recurso de amparo deducido por el Defensor Penal Público Rodrigo Torres Díaz, en favor de la amparada SILVANA MELENDEZ NICOLICH, actualmente en internación provisional en causa RUC 2000667637-6, RIT 5588-2020 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y se adopta como medida para restablecer el imperio del Derecho, que su custodia y las medidas de seguridad que se adopten por Gendarmería durante la permanencia en el recinto de salud en que se encuentra, se efectuarán prescindiendo del empleo de los grilletes y elementos similares que, actualmente, estén siendo utilizados por la recurrida, salvo que se encuentre en alguna de las situaciones establecidas en la Regla 47 ya referida. Comuníquese a la recurrida por la vía que corresponda y, además, al Juzgado de Garantía de Arica, mediante oficio. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 22-2021 Amparo. 1
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Arica, veinte de enero de dos mil veintiuno. VISTO: El Defensor Penal Público Rodrigo Torres Díaz interpuso recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, y en favor de la imputada SILVANA MELENDEZ NICOLICH, actualmente en internación provisional, causa RUC 2000667637-6, RIT 5588-2020 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, en la que, con fecha 23 de diciembre de 2020, se decr
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