15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ CRISTOPHER ANIBAL FABIAN FUENTES CONTARDO

Rol

Fecha

20 de enero de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: En los autos RUC Nº2000597349-0, RIT N° 2379-2020 del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha seis de enero del año en curso, se llevó a efecto audiencia de procedimiento abreviado, en la cual el tribunal resolvió condenar al imputado Cristopher Aníbal Fabián Fuentes Contardo como autor de un delito de receptación, y absolverlo respecto del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, de manera tal que, respecto de la infracción al artículo 318 ya señalado, el tribunal procedió a dar una calificación jurídica diversa a aquella por la que fue acusado por el persecutor, en razón, de estimar que dicho ilícito tiene una faz subjetiva, que tiene que ver con poner en peligro la salud pública, no bastando al efecto haber incumplido la cuarentena, o estado de catástrofe, si aquello no va acompañado de algún otro antecedente que permita determinar o al menos presumir tal peligro. Segundo: Que, Carlos Soto Paredes, Fiscal Adjunto (S) de la Fiscalía Especializada en Delitos de Robos de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, interpone recurso de apelación contra la sentencia previamente citada, sólo respecto de aquella parte en que se absuelve al condenado de la infracción al artículo 318, sosteniendo que el tipo penal de dicha norma, es de aquellos ilícitos de peligro abstracto, lo que implica que se trate de hechos que por su naturaleza, su forma de expandirse (que es el contacto entre las personas), la trazabilidad de expansión (que es 1,5 personas por cada contagiado), que no existe cura en la actualidad, indica que la posibilidad de contagio y muerte del COVID19 por incumplimiento de las reglas higiénicas o de salubridad establecidas, lleva a concluir que el contagio y expansión de la enfermedad es más próximo a una concreción por el simple hecho de no cumplir dichas medidas impuestas por la autoridad sanitaria. Agrega que es tan evidente el carácter de delito de peligro abstracto que reviste el tipo penal del artíc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 138 y 30 del Código Penal y 414 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la sentencia de fecha seis de enero de dos mil veintiuno, dictada por el 15º Juzgado de Garantía de Santiago y se declara que se condena a Cristopher Aníbal Fabián Fuentes Contardo, C.I. N° 17.027.349-4, ya individualizado, en calidad de autor del delito del artículo 318 del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado el día 13 de junio del año pasado, en la comuna de San Ramón, al pago de la multa de seis Unidades tributarias Mensuales. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber admitido responsabilidad y haber ahorrado recursos a la administración de justicia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra de la ministra Pizarro, quien estuvo por confirmar, en lo apelado, la sentencia en alzada, en virtud de su fundamento y teniendo en consideración, además, las siguientes razones: 1ª) El artículo 318 del Código Penal sanciona al que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio; 2ª) Se trata, por consiguiente, de un delito de peligro estatuido frente a los riesgos a los que se ve expuesta la salud en general de la población, vale decir desde una perspectiva colectiva, superando una noción de s

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San Miguel, veinte de enero de dos mil veintiuno Sala: Segunda Zoom. Rol Corte: 116-2021 Penal. RUC: 2000597349-0 RIT.: 2379-2020 Tribunal: 15° Garantía de Santiago Relator: Constanza Rendich Salaverry Fiscal: Fabiola Lizama Díaz Defensor: María José San Martín Silva Imputado: Cristopher Aníbal Fuentes Contardo Delito: Contra salud pública Tipo de recurso: Apelación sentencia. San Miguel, veint

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