1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

WORLDWIDE FACILITY SECURITY S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO SANTIAGO

Rol

Fecha

20 de enero de 2021

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de tres de marzo de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-232-2019, caratulados “Worldwide Facility Security S.A. con Inspección Provincial del Trabajo Santiago”, sobre reclamación judicial de multa, se rechazó en reclamo interpuesto, sin costas. Contra ese recurso, la reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en las causales subsidiarias del artículo 477, infracción de ley, segunda hipótesis, y la del artículo 478 letra c), ambos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, alegando los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la primera causal que se invoca es la que establece el artículo 477 Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo en relación con los artículos 23 del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 del Ministerio del Trabajo de 1967, 420 letra a) del Código del Trabajo y 7° inciso 1° de la Constitución Política de la República. Luego, al tratarla, agrega el artículo 505 inciso 1° del Código del Ramo. La funda en que la fiscalización que realiza la Inspección del Trabajo le permite constatar hechos, conforme al artículo 505 del Código del Ramo, pero no calificarlos jurídicamente, agregando que, en la especie, la reclamada no pudo constatar que los guardias de seguridad trabajadores de la empresa estén comprendidos en los beneficios del artículo 38 N° 2 del Código del Ramo; sin embargo, nunca comprobó ninguna función de los guardias fiscalizados, indicándose en la resolución de multa que solo se constató que no ejercían funciones de mera vigilancia. Agrega que al confirmarse la multa por la sentencia que se impugna, se legitima el exceso de facultades de la Dirección del Trabajo que se ha atribuido funciones jurisdiccionales y, con ello, vulnerado lo dispuesto en el artículo 420 letra a) del código del Trabajo, como también el artículo 7° del Código del Trabajo por exceder sus facultades legales. El vicio, a su juicio, influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo pues sin éste se habría dejado sin efecto la multa reclamada. Segundo: Que la causal principal tiene por objeto verificar si las disposiciones legales han sido correctamente aplicadas en el caso concreto. Para ello, no puede deba

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de tres de marzo de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-232-2019, caratulados “Worldwide Facility Security S.A. con Inspección Provincial del Trabajo Santiago”, sobre reclamación judicial de multa, se rechazó en reclamo interpuesto, sin costas. Contra ese recurso,

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