1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

FISCO TESORERIA CON MARCELA PAULINA ABACA MARTINEZ

Rol

Fecha

19 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: I.- En cuanto a la excepción de segunda instancia: 1.- En segunda instancia la parte ejecutada planteó nuevamente la excepción de prescripción de las obligaciones que se le cobran en idénticos términos a los formulados en primera instancia. 2.- Si bien en teoría existe la facultad procesal de plantear en segunda instancia dicha excepción, lo cierto es que ello resulta improcedente en la especie por haber precluido su derecho por consumación procesal, correspondiendo decidir el fondo de la cuestión de conformidad a la interposición original de la prescripción. II.- En cuanto al fondo: 3.- Esta Corte comparte los

Fundamentos

fundamentos aportados por la jueza del a quo para rechazar la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada, sin que las razones expresadas en la vista por el apelante alteren lo concluido. En efecto, nuestro legislador por razones de certeza jurídica ha dispuesto reglas de prescripción extintiva bajo estándares que no han sido cuestionados por vía de constitucionalidad y de acuerdo a reglas generales que mantienen la vigencia de las instituciones de la suspensión e interrupción de la prescripción, configurándose esta última en la especie. Por lo razonado y de conformidad a lo establecido en los artículos 200 y 201 del Código Tributario; 2518 del Código Civil y 187 del Código de Procedimiento Civil

Fallo

se declara: 1.- Que se rechaza, sin costas la excepción de prescripción planteada en segunda instancia por la parte ejecutada. 2.- Que se confirma, sin costas del recurso, la sentencia de fecha treinta de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción en causa Rol C-2491-2019. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Rodrigo Cerda San Martín. N°Civil-471-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción mfmm Concepción, diecinueve de enero de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: I.- En cuanto a la excepción de segunda instancia: 1.- En segunda instancia la parte ejecutada planteó nuevamente la excepción de prescripción de las obligaciones que se le cobran en idénticos términos a los formulados en primera instancia. 2.- Si bien en teoría existe la facultad p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica