MP C/ JORGE ELIAS BERTIN FAJARDO
Rol
Fecha
16 de enero de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: RPVXGDTVF Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando que no han variado las circunstancias que motivaron la prisión preventiva, conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de trece de enero de dos mil veintiuno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 35 – 2021 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 16 de enero de 2021. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, dieciséis de enero de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. RPVXGDTVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad; en subsidio se modifique la causal a peligro de fuga. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: RPVXGDTVF Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando que no han variado las circunstancias que motivaron la prisión preventiva, conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de trece de enero de dos mil veintiuno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 35 – 2021 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 16 de enero de 2021. David Silva Estrada Relator Suplente En Valdivia, dieciséis de enero de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. RPVXGDTVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para
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A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA PARTICULAR EN CAUSA RUC 2001009811-5, RIT 6150–2020. ROL CORTE 35–2021 PEN. Siendo las 10:33 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de los Ministros Sr. Juan I
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