FUNDACION HOSPITAL JOSEFINA MARTINEZ DE FERRARI (VIVIANA MARTINEZ DONOSO) CON JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO Y COBRANZA LABORAL DE PUENTE ALTO
Rol
Fecha
14 de enero de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Viviana Martínez Donoso, abogada, en representación de la parte denunciada Fundación Hospital Josefina Martínez de Ferrari, en procedimiento de tutela laboral, caratulado "Espinoza con Fundación”, RIT: T-47-2020, seguido ante el Juzgado del Trabajo de Puente Alto, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por dicho tribunal en audiencia preparatoria de 9 de diciembre del año en curso mediante la cual negó lugar al apelación subsidiaria respecto del rechazo de las excepciones dilatorias de litis pendencia y cosa juzgada interpuesta por su parte en atención a que su contraria interpuso idéntica acción ante el Primer Juzgado del Trabajo de Santiago la cual se tuvo por desistida una vez notificada la demanda el 25 de noviembre del año en curso. Explica que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 432 del Código del Trabajo en todo lo no regulado por dicho código son aplicables supletoriamente las normas contenidas en los Libros I y II del Código de Procedimiento Civil, a menos que ellas sean contrarias a los principios que informan su procedimiento; en tal sentido y conforme a los artículos 177, 303 y 307 del Código de Procedimiento Civil que regula las excepciones dilatorias la resolución que rechaza la litis pendencia es apelable. De esta manera, conforme a lo previsto en el artículo 453 N° 1 inciso sexto del Código del Trabajo que dispone que sólo serán susceptibles de apelación aquellas resoluciones que acojan las excepciones de incompetencia del tribunal, caducidad y prescripción , al no decir nada respecto del resto de la excepciones del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, entre las que se encuentra la excepción de litis pendencia, debe entenderse que ellas son apelables conforme a las reglas generales de acuerdo a su tramitación incidental por lo que el tribunal de primera instancia debió acoger a tramitación el recurso de apelación interpuesto por su parte elevando los antecedentes ante esta
Fallo
fallo según lo antecedentes de hecho y de derecho hechos valer. Segundo: Que informa al tenor del recurso don Cristián Seura Gutiérrez, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, señalando ante dicho tribunal se substancia la causa RIT T-47-2020, iniciada mediante presentación de denuncia de tutela de derechos fundamentales con fecha 16 de octubre de 2020, dándose curso a la demanda y citando a audiencia preparatoria la que se celebró con fecha 09 de diciembre, utilizando el sistema de video llamada (plataforma zoom). Que, en dicha oportunidad, la demandada representada por la abogada recurrente en estos autos, por medio de la contestación opuso la excepción de litispendencia, por existir el mismo proceso entre las mismas partes tramitándose en el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, RIT T-1591-2020, en el mismo escrito señala que en la causa antedicha se habría dictado resolución de desistimiento, resolución que fue impugnada por la parte demandante, para que la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago resolviera su recurso de apelación, en el cual manifiesta la disconformidad con la forma de término de la causa seguida ante tal tribunal, más no el término de la causa ante dicho juzgado, pues estima que se produjo el retiro de la demanda y no el desistimiento. Luego de tales alegaciones y evacuado el traslado conferido en audiencia preparatoria se resolvió en forma inmediara, en el entendido que se trata de una excepción que afecta la debi
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anotó y alego por el recurso la abogada Viviana Martínez Donoso. San Miguel, catorce de enero de dos mil veintiuno. Mauricio Vergara Torres. Relator. San Miguel, catorce de enero de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Viviana Martínez Donoso, abogada, en representación de la parte denunciada Fundación Hospital Josefina Martínez de Ferrari, en procedimient
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica