MAURICIO SA MARTIN C/ MAURICIO ALEJANDRO CORTES MORENO
Rol
Fecha
12 de enero de 2021
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, en la presente causa, en audiencia de fecha diez de diciembre de dos mil veinte, se aprobó el acuerdo reparatorio respecto del imputado Mauricio Alejandro Cortés Moreno, consistente en el pago de $100.000 a favor de la víctima, por los delitos de lesiones menos graves y hurto, deduciendo la parte querellante recurso de apelación en contra de dicha resolución, fundado en la improcedencia del acuerdo reparatorio, al existir un interés público prevalente en la persecución penal. 2°) Que teniendo presente los hechos por los cuales ha formalizado el Ministerio Público y la calificación jurídica que se ha dado a los mismos, es dable concluir que los hechos investigados se refieren a bienes jurídicos de carácter patrimonial, como son los delitos de hurto y lesiones menos graves, los que permiten arribar a un acuerdo reparatorio como ha ocurrido en la audiencia. 3°) Que, en este sentido, es el Ministerio Público quien está mandatado legal y constitucionalmente para sostener la acción penal público, siendo éste organismo quien representa el interés público prevalente, no existiendo norma alguna que permita al querellante subrogarle en cuanto a dicho interés, razón por la cual dicho argumento será desoído. 3°) Que por tales razones, cumpliéndose las condiciones dadas por el artículo 241 del Código Procesal Penal, no cabe sino desestimar las alegaciones del querellante. Por las motivaciones precedentemente anotadas, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha diez de diciembre de dos mil veinte, que aprobó el acuerdo reparatorio respecto del imputado Mauricio Alejandro Cortés Moreno. Devuélvase. Rol N° Penal-1084-2020 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, doce de enero de dos mil veintiuno. A los escritos de fecha once de enero de dos mil veintiuno: Folios 11 y 13: Téngase presente. Folio 12: A lo principal y otrosí: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, en la presente causa, en audiencia de fecha diez de diciembre de dos mil veinte, se aprobó el acuerdo reparatorio respecto del imputado Mauricio Alejandro
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