JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MINISTERIO PUBLICO C/ PEDRO ENRIQUE MUNOZ TORRES

Rol

Fecha

11 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1 )° Que, la defensa ha cuestionado los requisitos de las letras a) b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, el delito por el cual ha sido formalizado el imputado, la participación que en los hechos se le atribuye, y la necesidad de cautela. 2 )° Que, en cuanto a los primeros requisitos, los antecedentes esgrimidos por el Ministerio Público relativos al conjunto de actuaciones investigativas policiales consistente principalmente en parte policial, declaración de la víctima y examen sexológico realizado a ésta, configuran un conjunto de indicios que permiten presumir fundadamente tanto la existencia del delito como su participación como autor del hecho punible atribuido. 3 )° Que, en relación a la necesidad de cautela, es preciso señalar que el delito por el cual ha sido formalizado tiene pena de crimen, y teniendo especialmente presente que se trata de una víctima menor de edad así como la naturaleza del ilícito y su forma de comisión, configuran condiciones de peligro de peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo razonado y en conformidad a los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal se confirma, la resolución de fecha dos de enero de dos mil veinte dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos cuanto por ella se impuso al imputado Pedro Muñoz Torres la medida cautelar de prisión preventiva. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Regístrese y devuélvase inmediatamente. RIC 12-2020 PENAL

Texto Completo (Preview)

Chillán once de enero de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1 )° Que, la defensa ha cuestionado los requisitos de las letras a) b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, el delito por el cual ha sido formalizado el imputado, la participación que en los hechos se le atribuye, y la necesidad de cautela. 2 )° Que, en cuanto a los primeros requisitos, los anteceden

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica