BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CORDERO ROJAS, ALEJANDRO
Rol
Fecha
11 de enero de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
RECT. ERROR INFORMATICO FIRMA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo instruido tanto por la Excelentísima Corte Suprema en los antecedentes administrativos 335-2020, como por esta Corte, en los que se insta por la prosecución de los juicios, y no observándose por estos sentenciadores impedimento alguno para la práctica de la notificación requerida y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la resolución apelada de fecha diecinueve de junio de dos mil veinte, transcrita íntegramente en la carpeta digital, sólo en cuanto dispuso que la notificación de la demanda ejecutiva se practicaría una vez que cesare el estado de excepción constitucional de catástrofe, debiendo en su lugar, procederse a dicha diligencia adoptando los resguardos para la salud que pudieren corresponder. Devuélvase. Rol N° 958-2020 Civil.-“ ROL Nº 958-2020 (Civil).-
Fallo
fallo de la causa, con la correspondiente transcripción de la referida sentencia, para los efectos de que aparezcan las firmas correspondientes y obviar la falta producida en el registro anterior: “La Serena, ocho de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo instruido tanto por la Excelentísima Corte Suprema en los antecedentes administrativos 335-2020, como por esta Corte, en los que se insta por la prosecución de los juicios, y no observándose por estos sentenciadores impedimento alguno para la práctica de la notificación requerida y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la resolución apelada de fecha diecinueve de junio de dos mil veinte, transcrita íntegramente en la carpeta digital, sólo en cuanto dispuso que la notificación de la demanda ejecutiva se practicaría una vez que cesare el estado de excepción constitucional de catástrofe, debiendo en su lugar, procederse a dicha diligencia adoptando los resguardos para la salud que pudieren corresponder. Devuélvase. Rol N° 958-2020 Civil.-“ ROL Nº 958-2020 (Civil).-
Texto Completo (Preview)
La Serena, once de enero de dos mil veintiuno. Advirtiéndose que, por un error del sistema informático, no se registró la firma del Fiscal Judicial Sr. Colvin en la sentencia dictada con fecha ocho de los corrientes, notificada por el Estado Diario de igual fecha, se procede a firmar la presente resolución por los tres Ministros concurrentes a la vista y fallo de la causa, con la correspondiente
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