SIN INFORMACION

MUÑOZ PEREZ VLADIMIR LAZARO-MOYA MARIN YARISLEIDY/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

8 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogada, deduciendo acción de amparo en favor de Vladimir Lázaro Muñoz Pérez y Yarisleidy Moya Marín, ambos de nacionalidad cubana, en contra de don Álvaro Bellolio, Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la falta de respuesta respecto a la solicitud de residencia definitiva. Explica que el 22 de noviembre de 2020 revisaron el sistema de la página online de extranjería para obtener la respuesta de la solicitud de visa de residencia definitiva ingresada hace más de un año, la cual figura como otorgada, sin posibilidad de descargar el visado o de obtener la resolución. Señala que en reiteradas ocasiones se ha concurrido a oficinas de Chile Atiende, pero no saben cuál es el motivo por el que el resultado de la solicitud no está disponible en el sistema y tampoco en la oficina de migraciones. Advierte que esta situación vulnera su libertad ambulatoria y trae consigo una serie de dificultades graves para su persona, como no poder realizar la solicitud del cobro del retiro del 10% de los fondos de pensiones, bloqueo de tarjetas bancarias, imposibilidad de realizar trámites bancarios, vencimiento de documentos, entre otros. Solicita se informe acerca del proceso de obtención de la visa de los amparados, su estado de tramitación y cualquier otro antecedente que se posea. Segundo: Que informando Antonio Henríquez Beltrán, abogado del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicita el rechazo del recurso de amparo intentado en todas sus partes, por no existir acto ilegal ni arbitrario desplegado por la autoridad migratoria que pueda perturbar de forma alguna la libertad personal y seguridad individual de los amparados. Respecto de Vladimir Lázaro Muñoz Pérez, indica que el extranjero de nacionalidad cubana registra ingreso regular a

Fallo

por tanto, en situación que perturbe o amenace su libertad y seguridad personal, por un acto arbitrario o ilegal de la recurrida. De lo que no cabe sino concluir que la recurrida no ha procedido de manera arbitraria o ilegal, lo que conlleva al rechazo de esta acción. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Vladimir Lázaro Muñoz Pérez y Yarisleidy Moya Marín, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3079-2020. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por las Ministros señora Elsa Barrientos Guerrero, señora Inelie Duran Madina y la Abogado Integrante señora Carolina Andrea Coppo Diez. En Santiago, ocho de enero de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de enero de dos mil veintiuno. Al folio 10, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogada, deduciendo acción de amparo en favor de Vladimir Lázaro Muñoz Pérez y Yarisleidy Moya Marín, ambos de nacionalidad cubana, en contra de don Álvaro Bellolio, Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio

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