1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CONTRERAS/COMUNIDAD EDIFICIO PONTEVEDRA

Rol

Fecha

8 de enero de 2021

Materia

NULIDAD DEL DESPIDO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de cuatro de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6642-2019, caratulados “Contreras con Comunidad Edificio Pontevedra”, sobre despido indebido, nulidad del despido y prestaciones laborales, se acogió la demanda, declarando indebido y nulo el despido y condenando a la demandada al pago de determinadas prestaciones, más reajustes e intereses, con costas. En su contra, la parte demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en las causales subsidiarias de infracción de ley del artículo 477 del Código del Trabajo y de la letra b) del artículo 478 del mismo Código. Declarado admisible el recurso, tuvo lugar la vista de la causa, ocasión en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la causal principal que se invoca es la que establece el artículo 477 Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo en relación al artículo 162 del mismo Código. La funda en que la carta de despido contiene la causal invocada y el hecho que la sostiene, en la especie, acoso respecto de una residente de la comunidad empleadora. Así, se ha infringido la norma indicada pues no se ha producido indefensión y el actor conocía perfectamente la causal y hechos del despido, como se acreditó. Cita, además, jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema y afirma que la falta de descripción de los hechos en la carta no quita la eficacia al despido y corresponde a la demandada acreditarlo, como se hizo. Segundo: Que, en subsidio, se interpone la causal que prevé el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por dictación de la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Denuncia vulneración de la regla lógica de la razón suficiente. Señala que la prueba documental y la declaración de la víctima del acoso imputado al actor dan cuenta de la veracidad de los hechos, por lo que no se respetó la forma de valoración de la prueba, no obstante existieran razones fundadas para el despido. Tercero: Que, previo a formular el análisis de las causales invocadas, cabe recordar que uno de los requisitos del recurso de nulidad –conforme al artículo 480 inciso final- es contener una petición concreta. No obstante, en lo petitorio, el recurso de la demandada solicita que esta Corte “…en conocimiento de este recurso, y de

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Santiago, ocho de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de cuatro de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-6642-2019, caratulados “Contreras con Comunidad Edificio Pontevedra”, sobre despido indebido, nulidad del despido y prestaciones laborales, se acogió la demanda, declarando indebido y nulo el despido y conde

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