1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ADONES/TEAM FOODS CHILE SPA

Rol

Fecha

8 de enero de 2021

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de cuatro de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-2322-2019, caratulados “Adones con Team Foods Chile SpA”, sobre despido injustificado, se acogió la demanda, declarando improcedente el despido del actor, condenando a la demandada al pago de determinadas prestaciones, más reajustes e intereses, sin costas. Contra esa sentencia, la parte demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal de infracción de ley del artículo 477 del Código del Trabajo, en conjunto con la de la letra e) del artículo 478 del mismo Código y, en subsidio de las anteriores, la prevista en el artículo 478 letra b) del referido cuerpo legal. Declarado admisible el recurso, tuvo lugar la vista de la causa, oportunidad en que alegaron las abogadas de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la primera causal que se invoca es la que establece el artículo 477 Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo en relación con dos grupos de normas. En primer lugar, el artículo 161 inciso 1° en relación con los artículos 162 inciso 1° y 454 N ° 1 inciso 2°; en segundo lugar, el artículo 162 incisos 1° y 4°, en relación al artículo 454 N° 1, todos del Código del Trabajo. En cuanto al primer conjunto de normas, las transcribe y afirma que se han infringido al considerar la sentencia que la “reorganización” y “reestructuración” de un área de la empresa no son “hechos” que fundan la causal de necesidades de la empresa. Lo anterior, en razón que es el mismo legislador que menciona algunos hechos que facultan a ejercer dicha causal, como son racionalización de servicios, baja de productividad y cambios en las condiciones del mercado. Luego señala que las definiciones de los conceptos “racionalizar” y “reestructurar” coinciden con el texto legal, cita jurisprudencia y argumenta que la exigencia legal asociada a la causal es que dependa de un hecho objetivo y no de la sola voluntad del empleador. Finaliza el primer grupo, insistiendo en que sí existieron hechos en la carta de despido y, por lo mismo, no es efectivo que se haya intentado agregar hechos nuevos o distintos. En cuanto al segundo grupo de normas, insiste en argumentos sobre los hechos que contiene la carta y sostiene que la sentencia exige requisitos no contemplados en la ley, como la explicación de circunstancias o elementos contextuales de los fundamentos de hechos señalados en la carta de despido. El vicio, a su jui

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de enero de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de cuatro de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-2322-2019, caratulados “Adones con Team Foods Chile SpA”, sobre despido injustificado, se acogió la demanda, declarando improcedente el despido del actor, condenando a la demandada al pago de determinadas pr

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