M.P C/ JOAQUIN CRISTIAN BERRIOS VILLA
Rol
Fecha
7 de enero de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En autos RUC 1900882790-K, RIT 56 - 2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, por sentencia de 24 de septiembre del año dos mil veinte, se condenó al acusado Joaquín Cristian Berríos Villa, a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales, como autor de un delito consumado de robo con intimidación, cometido el 18 de agosto de 2019 en la comuna de Melipilla. En contra de dicha sentencia la defensora penal pública, María José San Martín Silva deduce recurso de nulidad el que fue declarado admisible el dieciséis de diciembre del año dos mil veinte, procediéndose a su vista en la audiencia del día veintidós de diciembre del año recién pasado, oportunidad en que alegó, por el recurso doña Valeria Silva, por la defensoría penal pública y contra, don Cesar Gallardo, por el ministerio público.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que la abogada defensora penal pública, impugna la sentencia de 24 de septiembre del año dos mil veinte, interponiendo recurso de nulidad el que funda en la causal establecida en la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal, en relación con la letra c) del artículo 342 del mismo cuerpo legal, por haberse efectuado por el tribunal recurrido, una valoración de los medios de prueba contraria a lo establecido en el inciso primero del artículo 297 del mismo cuerpo normativo. Luego de realizar un lato análisis de la doctrina atingente al caso, explica que, en la especie, se ha producido una infracción al principio lógico de razón suficiente, al tener por acreditada la dinámica de los hechos que permitieron configurar el delito de robo con intimidación, en base a la declaración de la víctima, la que fue ratificada por el funcionario policial que habría recepcionado la denuncia, restando credibilidad a la versión de su representado -únicamente por ser el imputado- lo que permitía configurar en este caso, el delito de robo por sorpresa y no el robo con violencia por el cual formuló acusación el ente persecutor. Expone que, de este modo, el tribunal en el
Fallo
fallo que se impugna, no dio razón suficiente para explicar por qué se concluyó y se decidió de ese modo, acogiendo el testimonio de la denunciante y desestimando la declaración dada por su representado. En definitiva, pide que se declare que en la especie concurre la causal de nulidad contemplada en el artículo 374 letra e) en los términos expuestos, solicita que se proceda a la declaración de nulidad de la sentencia y el juicio en el que fue dictada, determinándose el estado en que ha de quedar el procedimiento y se ordene la remisión de los antecedentes al tribunal no habilitado para que éste proceda a la realización de un nuevo juicio. Segundo: Como se sabe, el recurso de nulidad preceptuado en el Código Procesal Penal, según sea la causal invocada, tiene por objeto, o asegurar el respeto a las garantías y derechos fundamentales, (las comprendidas en los artículos 373 letra a) y 374) o bien, conseguir sentencias ajustadas a Derecho (artículo 373 letra b). Luego, tratándose de la primera finalidad, el recurso de nulidad no puede ser sede para debatir acerca del mérito de la prueba rendida y su valoración, cuestión privativa de los jueces del juicio, sino, exclusivamente, el cumplimiento de las diferentes garantías que el ordenamiento reconoce a los intervinientes. En ese entendido, la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, que se relaciona con la estructura sustancial de la sentencia, protege la garantía de la sentencia fundada, ya recogida en el
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San Miguel, siete de enero de dos mil veintiuno. Vistos: En autos RUC 1900882790-K, RIT 56 - 2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, por sentencia de 24 de septiembre del año dos mil veinte, se condenó al acusado Joaquín Cristian Berríos Villa, a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales, como autor de un delito consumado de robo con int
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