MP/SERGIO ROLANDO ULLOA DOMINGUEZ C/ PATRICIA ALEJANDRA HERNANDEZ ESPINOZA
Rol
Fecha
6 de enero de 2021
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, en especial los documentos acompañados, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de treinta de diciembre del año dos mil dos mil veinte, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo y se declara que se sustituye el arresto domiciliario total de Juan José Troncoso Alarcón, por las del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y la prohibición de salir del país, respectivamente, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. Nº 28-2021-Penal. Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señoras María Teresa Letelier Ramírez, María Alejandra Pizarro Soto y la Abogado Integrante señora Yasna Bentjerodt Poseck.
Fallo
se declara que se sustituye el arresto domiciliario total de Juan José Troncoso Alarcón, por las del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y la prohibición de salir del país, respectivamente, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. Nº 28-2021-Penal. Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señoras María Teresa Letelier Ramírez, María Alejandra Pizarro Soto y la Abogado Integrante señora Yasna Bentjerodt Poseck.
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San Miguel, seis de enero de dos mil veintiuno. Sala: Segunda Zoom. Rol Corte: 28-2021 Penal. RUC: 2000339120-6 RIT 3354-2020. Tribunal: Garantía de San Bernardo Relator: Constanza Rendich Salaverry Fiscal: Daniela Stierling Rojas Defensor: César Contreras González Imputado: Juan José Troncoso Alarcón Delito: Receptación Tipo de recurso: Apelación cautelar personal. Escritos: 3 San Miguel, seis de
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