2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

BARRÍA/AGENCIA ECISA CHILE COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES S.A.

Rol

Fecha

6 de enero de 2021

Materia

PRESTACIONES

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la demandada principal Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A, en proceso de liquidación, se mantiene la sentencia anulada, en todo lo no afectado por el recurso, de modo tal que en el motivo 10), se sustituye el punto aparte (.) por una coma (,) y se agrega lo siguiente: “…. para la demandada Chilena de Instalaciones y Asesoría Limitada y el 11 de septiembre de 2018 para la demandada Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A.” Y teniendo, además, y en su lugar presente: Primero: Los

Fundamentos

considerandos tercero y cuarto de la sentencia de nulidad, que se dan reproducidos. Segundo: Que, no obstante haberse declarado que las demandadas Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A. y Chilena de Instalaciones y Asesoría Limitada constituyen una unidad económica, la demandada Agencia Ecisa Chile, fue declarada en liquidación concursal con fecha 11 de septiembre del mismo año, razón por lo cual -conforme al artículo 163 bis del Código del Trabajo- el efecto que establece el inciso 5° del artículo 162 del citado cuerpo normativo solo puede aplicarse hasta ésta última data, debiendo la masa de bienes responder por el pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales devengadas solo por dicho periodo. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 162, 163 bis y 482 del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve que: I.- Se mantienen las decisiones I, II, III, IV letras a), b), c) y d), V y VI del fallo de instancia, de fecha veintiuno de febrero de dos mil veinte, dictada en la causa RIT O-5035-2018, del Segundo Juzgado de Letras de Santiago, caratulada “Barría con Chilena de Instalaciones y Asesoría Limitada y otros”; II.- Se condena a la demandada Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A., al pago de las remuneraciones, a razón de $ 1.454.164.-, que se devenguen desde la fecha del despido, esto es el 7 de mayo de 2018 y hasta el 11 de septiembre del mismo año. III.- Se condena a la demandada Chilena de Instalaciones y Asesoría Limitada al pago de las remuneraciones, a razón de $ 1.454.164.-, que se devenguen desde la fecha del despido, esto es el 7 de mayo de 2018 y hasta el 15 de abril de 2019. Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro Tomás Gray. Laboral-Cobranza N° 776-20.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de enero de dos mil veintiuno. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad de la demandada principal Agencia Ecisa Chile Compañía General de Construcciones S.A, en proceso de liquidación, se mantiene la sentencia anulada, en todo lo no afectado p

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