SIN INFORMACION

/ TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

2 de enero de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece el Defensor Penal Público Ernesto Ardiles Álvarez en representación de los acusados Raúl Riquelme Ramírez y Ronald Sepúlveda Vizcarra, quien recurre de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, quien mediante resolución de 29 de diciembre de 2020 pronunciada por los magistrados Manuel Muñoz Chamorro, Mónica López Castillo y Claudia Ortiz Leiva en causa RIT N° 196-2020, RUC 2000205395-1, tras debatirse respecto de la forma y realización del juicio oral agendado para el día 5 de enero del año 2021, dispuso: “El tribunal ha resuelto mantener la fecha original de realización de este juicio para el día 5 de enero de 2021 a las 9 horas, y la manera en que se realizará será de forma remota, esto es, con la presencia de la fiscalía a través de la plataforma Zoom, lo mismo los querellantes, los testigos, tanto civiles como funcionarios policiales que presenta la parte acusadora, respecto de los Testigos civiles desde sus respectivos lugares de trabajo que como se indicó se encuentran en lugares separados, en el caso de los funcionarios policiales lo harán desde la Primera Comisaría de Viña del Mar en forma independiente obviamente unos de otros. En el caso de los acusados ambos se encuentran notificados para comparecer a dependencias del Tribunal, por lo tanto, podrán ser recibidos en el Tribunal y se les va a habilitar una sala para que puedan desde ahí conectarse al juicio al igual que el abogado defensor que si lo estima pertinente también puede concurrir al Tribunal y ahí sostener comunicación fluida con sus representados y conectarse desde ahí también al juicio oral remoto que se realizará como ya dije el 5 de enero de 2021 a las 9 horas”. Reclama que la resolución impugnada implica desarrollar el juicio íntegramente por vía remota, decisión que estima ilegal y arbitraria, con la que se amenaza la libertad personal y seguridad individual de sus representados. Por ello solicita acoger el presente arbitrio y ord

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que por la presente acción se recurre en contra de una resolución dictada por un tribunal colegiado en el ejercicio de sus facultades legales, reproche que supone la eventual generación de vicios de nulidad hipotéticos y que, a todo evento, deben revisarse mediante los remedios procesales que al efecto prevé el legislador, de modo tal que la situación impugnada se encuentra amparada por el derecho; sin que se aprecie una vulneración a las garantías fundamentales que esgrime la recurrente, por lo que el presente recurso será desestimado como se dirá a continuación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de los acusados Raúl Riquelme Ramírez y Ronald Sepúlveda Vizcarra, y en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. Se previene que el Ministro Sr. Mera concurre al rechazo del recurso teniendo únicamente presente que más allá de la legalidad o ilegalidad de la decisión cuestionada, ella no afecta la libertad ni la seguridad de los amparados, sino que a todo evento podría dar lugar a un vicio relativo a infracción a las garantías del debido proceso, lo cual, en su caso, debiera reclamarse a posteriori mediante el recurso correspondiente. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1294-2020.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece el Defensor Penal Público Ernesto Ardiles Álvarez en representación de los acusados Raúl Riquelme Ramírez y Ronald Sepúlveda Vizcarra, quien recurre de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, quien mediante resolución de 29 de diciembre de 2020 pronunciada por los ma

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