BARRERA /
Rol
Fecha
7 de enero de 2021
Materia
NOTIFICACIONES JUDICIA VARIAS, INCLUYENDO ÁRBITROS VOLUNTAR
Resultado
DESIERTO
Hechos
VISTOS: Atendida la fecha en que se dio origen a este proceso y lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley 20.886, resulta aplicable la carga procesal prevista en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley de Tramitación Electrónica y no habiéndose hecho parte el apelante, conforme se expone en el certificado de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, escrito a Folio número seis, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, en su texto previo a la precitada Ley, se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto, por el abogado don Rodrigo Barrera, por la parte solicitante, en contra de la resolución de diez de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, en sus autos Rol V-3-2014.. Rol Corte N°1401-2020 Civil.
Fallo
se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto, por el abogado don Rodrigo Barrera, por la parte solicitante, en contra de la resolución de diez de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, en sus autos Rol V-3-2014.. Rol Corte N°1401-2020 Civil.
Texto Completo (Preview)
Aaa// C.A. de Rancagua Rancagua, siete de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendida la fecha en que se dio origen a este proceso y lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley 20.886, resulta aplicable la carga procesal prevista en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley de Tramitación Electrónica y no habiéndose he
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