MIRANDA GAVILAN ROBERSON WLADIMIR /MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en la presente acción cautelar no constituyen denuncia de un hecho específico que corresponda a aquellos que, según lo dispuesto en la Ley N° 18.971, hagan procedente la interposición del recurso intentado, y que a su vez, configuren una infracción a la garantía cautelada por el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República; por lo cual la acción de amparo económico deducida, no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-3086-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-3086-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) muz Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinte. Proveyendo al folio N°1; Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en la presente acción cautelar no constituyen denuncia de un hecho específico que corresponda a aquellos que, según lo dispuesto en la Ley N° 18.971, hagan procedente la interposición del recurso intentado, y que a su v
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