JUZGADO DE LETRAS DE ANCUD

TELLO/CARVAJAL

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2020

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta digital, estimando estos sentenciadores que en la especie la demandante no logró acreditar el incumplimiento contractual que reclama, por cuanto su calidad de poseedor inscrito del inmueble se encuentra  avalada por tales antecedentes y hace presumir su posesión. Unido a lo anterior, acordaron las partes en la cláusula quinta de la escritura de compraventa el inicio de su posesión material del predio. Asimismo, el actor no aportó elementos de prueba tendientes a demostrar la turbación de dicha posesión, siendo en cualquier caso distinto la vía procesal destinada a su restitución o amparo.  Por lo anterior y de conformidad a lo previsto en los artículos 1437, 1545, 1560 y 1698 del Código Civil; y artículos 186 y siguientes, 384 y 429 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia en alzada de veintinueve de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras de Ancud, sin costas por haber tenido motivo plausible para recurrir. Regístrese y devuélvase. Rol Civil Nº 370-2020

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de diciembre de dos mil veinte Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta digital, estimando estos sentenciadores que en la especie la demandante no logró acreditar el incumplimiento contractual que reclama, por cuanto su calidad de poseedor inscrito del inmueble se encuentra  avalada por tales antecedentes y hace presumir su posesión. Unido a lo a

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