SIN INFORMACION

DUFFOUR ESTEBAN ALEJANDRO / DIRECCION DE COMPRAS PUBLICA DE CARABINEROS DE CHILE.-

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece don Esteban Duffour, factor de comercio, representante legal de las Sociedades “Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda”, y “Azimuth Medical Devices Spa”, todos con domicilio en Avenida Eliodoro Yáñez N°2979, Providencia, deduciendo amparo económico en contra de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile, fundado en la infracción del artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República, con motivo de los actos que indica: 1.- Ordenar el cambio de la persona jurídica en una actividad económica lícita, licitada y adjudicada en forma legal para la importación, ingreso, provisión de sustancias y productos; y 2- Aplicar sanciones pecuniarias, arbitrarias. Explica que el día 26 de diciembre del año 2019, mediante contrato N°160/2019, Carabineros de Chile adjudicó a la empresa “Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda”, el abastecimiento, compra y entrega del producto OC NEBLINA (aerosol), elemento de seguridad cuya provisión se materializó conforme a la orden de compra N° 35 de fecha 30 de Diciembre del año 2019, por medio de la cual se entregarían, a Carabineros de Chile, la cantidad de 12 mil unidades. Agrega que mediante comunicaciones le fue indicado que por seguridad y por posibles observaciones internacionales, debía modificarse el proveedor e importador de los productos (que originalmente era “Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda.”), por otra empresa, imponiendo arbitrariamente la utilización de “Azimuth Medical Devices Spa”, denegando el desarrollo de la actividad económica acordada. Indica también que mediante el Oficio Ordinario N° 212 de fecha 13 de abril de 2020, la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile, le notificó la determinación de aplicar una multa, esgrimiendo demora en la entrega de los productos a abastecer y adquirir, sanción que se cursa a la propia recurrente que se vio impedida de ejercer la actividad comercial, pese a que es la sociedad “Azimuth Medical De

Fundamentos

fundamentos de la acción de amparo carecen de sustento, puesto que existieron dos procesos de adquisición efectuados mediante la modalidad de trato directo, aunque ambos tuvieron como objeto la adquisición de “OC Neblina Aerosol”, para Carabineros de Chile. Empero, se trató de contratos diferentes e independientes, y efectuados en tiempo diverso. Explica que hubo un primer proceso adquisitivo, que se realizó mediante trato directo, autorizado por Resolución Exenta N°429 del 11 de noviembre de 2019 de la Dirección General de Carabineros y posterior Resolución Exenta N°664 de 13 de noviembre del mismo año de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile, fue ésta última la que determinó la contratación con el proveedor “Empresa Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda.”, R.U.T. 76.512.300-3, fundada en la causal de urgencia, emergencia e imprevista establecida en el numeral 8° letra c) de la Ley 19886 en relación con el artículo 10 N°3 del Decreto 250, 2004 del Ministerio de Hacienda, ya que con ocasión de los hechos de público conocimiento ocurridos desde el día 18 de octubre de 2019 Carabineros de Chile debió hacer uso del stock de elementos, provocando un desabastecimiento de los mismos. Por ello y en virtud de la extrema necesidad de adquirir elementos disuasivos, se cotizó a la antes nombrada, quien mediante cotización N° 20191105 del día 12 de noviembre de 2019 manifestó estar en condiciones de cumplir los requerimientos en tiempo y forma, lo que llevó a la celebración del contrato N°126/2019 el día 15 de noviembre de 2019, en el que la contratante, conforme a la cotización, se comprometió a entregar los bienes adquiridos en el plazo de 18 días hábiles a contar de la emisión de la orden de compra, la que emitió con el N°20 el día 15 de noviembre de 2019. Agrega que pese a ello, mediante correo electrónico de 25 de noviembre de 2010, la recurrente presentó una solicitud de término anticipado de contrato, invocando la causal de mutuo acuerdo, la que en definitiva fue rechazada (“No ha lugar”) por Resolución Exenta N° 721 del 10 de diciembre de 2019, fundada en que ello implicaría limitar su responsabilidad en cuanto a la obligación de entregar las especies objeto del contrato y al hecho que Carabineros de Chile estaría renunciando anticipadamente tanto a las eventuales acciones que procederían por un incumplimiento imputable al proveedor, como al posible cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Relata que pese a ello, el Departamento de Armamento y Municiones L.5, que debía recibir los bienes, informó a la Dirección de Compras Públicas que al día 16 de diciembre de 2019 no constaba que el proveedor hubiera hecho entrega de las especies, como tampoco que previo al vencimiento se hubiese realizado alguna presentación que permitiera dispensarlo del cumplimiento, o bien que se aportara algún antecedente que permitiera conocer que la entrega se haría en forma tardía. Agrega que el día 25 de noviembre

Fallo

Por estas razones, se rechaza en todas sus partes el recurso o acción de amparo económico intentado por “Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda” y “Azimuth Medical Devices Spa”. Redactó el ministro señor Astudillo. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 2625-2020.- Pronunciada por Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras e integrada por la Ministra señora María Soledad Melo Labra y por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte. Vistos: Comparece don Esteban Duffour, factor de comercio, representante legal de las Sociedades “Servicios y Suministros de Seguridad Baraibar Ltda”, y “Azimuth Medical Devices Spa”, todos con domicilio en Avenida Eliodoro Yáñez N°2979, Providencia, deduciendo amparo económico en contra de la Dirección de Compras Públicas de Carabineros de Chile,

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