LEFIO LEFIO ADRIAN JAVIER / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció Adrián Javier Lefio Lefio, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional solicitando se le otorgue dicho beneficio. Argumenta que cumple condena de diez años, llevando 68 meses de cumplimiento y reuniendo los demás requisitos exigidos por la normativa aplicable. Segundo: Que, evacuando su informe la Ministra señora Paola Plaza González, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que el amparado no fue presentado por ninguna unidad penal al último proceso de concesión del beneficio. Tercero: Que, pedido informe a Gendarmería de Chile, fue evacuado por el señor Alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, que indicó que el amparado no fue postulado al no reunir el tiempo mínimo para dicho efecto, el que alcanza el día 9 de mayo de 2022, adjuntando la ficha del amparado, del que aparece que dio inicio a su condena el día 7 de septiembre de 2015 y proyecta fecha de término para 9 de septiembre de 2025 por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y robo con violencia, por los que fue condenado a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y a 7 años de presidio mayor en su grado medio, respectivamente. Cuarto: Que el de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, tutela y protección de parte de los Tribunales Superiores de Justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. Quinto: Que el artículo 2° del D.L. N° 321 prescribe que todo aquél que fuere condenado a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, "tiene derecho a que se le conceda su libertad condicional", siempre que cumpla con los requisitos que enuncia: 1°
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido por Adrián Javier Lefio Lefio. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2345-2020. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por las Ministros señora Elsa Barrientos Guerrero, señora Inelie Duran Madina y el Abogado Integrante señora Carolina Andrea Coppo Diez. En Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció Adrián Javier Lefio Lefio, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional solicitando se le otorgue dicho beneficio. Argumenta que cumple condena de diez años, llevando 68 me
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