10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ JUVENAL HUMBERTO NUÑEZ TAPIA

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Corte estima que la imposición de alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, es suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de diciembre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, con declaración que se impone a Juvenal Humberto Núñez Tapia la medida cautelar contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total. El señor Juez dictará las resoluciones correspondientes, con la finalidad de hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese por la vía más rápida. N° 4339-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a treinta de diciembre de dos mil veinte. Sala: Primera Sala Rol: 4339-2020 Penal Ruc: 2001061412-1 RIT:4016-2020 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros y señora Adriana Sottovía Giménez y Abogado Integrante señor Ignacio Castillo Val Relator: Alejandra Soto Nilo Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Marcos Pastén Qu

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