MUÑOZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Rol
Fecha
11 de enero de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, teniéndose por notificada expresamente a la recurrente en la secretaría del Tribunal, como se indica en la constancia de notificación de fecha catorce de noviembre de dos mil diecinueve, hecho que –en cumplimiento de lo ordenado- fue posteriormente certificado por el Tribunal a quo, con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinte. Que el término para recurrir de apelación en contra de las sentencias definitivas, conforme la regla especial establecida en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de diez días, contados desde la notificación de la resolución recurrida a la parte que interpone el recurso. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. Comuníquese. N°Civil-293-2020.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. Comuníquese. N°Civil-293-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) muz Santiago, once de enero de dos mil veintiuno. Por recibidos los antecedentes, y en su mérito se tiene por cumplido lo ordenado con fecha diecisiete de noviembre de dos mil veinte. Al escrito folio N°3: estese a lo que se resolverá. VISTOS: Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de diciembre de dos mi
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