JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ HECTOR EUGENIO OJEDA MANSILLA

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2020

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, con el mérito de los antecedentes y lo alegado por las partes, y teniendo en especial consideración que el informe de Gendarmería de Chile es desfavorable para los efectos de la interrupción de la pena, por lo que no se configuraría el primer requisito exigido por el legislador en el artículo 33 de la Ley 18.216 para otorgar la sustitución en comento, cuando establece que “el tribunal podrá, de oficio o a petición de parte, previo informe favorable de Gendarmería de Chile, disponer la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta”; se confirma la resolución apelada de fecha 10 de diciembre de 2020 dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, doña Lorena Fresard Briones, en aquella parte que rechazó la solicitud de pena mixta para el condenado Héctor Eugenio Ojeda Mansilla.  Comuníquese y devuélvase. Rol Penal N°1136-2020.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintinueve de diciembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que, con el mérito de los antecedentes y lo alegado por las partes, y teniendo en especial consideración que el informe de Gendarmería de Chile es desfavorable para los efectos de la interrupción de la pena, por lo que no se configuraría el primer requisito exigido por el legislador en el artículo 33 de la Ley 1

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