MONDACA VENEGAS JOEL / OCTAVO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo expuesto, se advierte que los mismos se encuentran sometidos a la tutela jurisdiccional de un Juzgado de Garantía, por lo cual, la acción deducida en favor de Joel Mondaca Venegas, no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el intentado. Archívese. N°Amparo-3066-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero, y conformada por la Ministra señora Soledad Orellana Pino y la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el intentado. Archívese. N°Amparo-3066-2020. Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero, y conformada por la Ministra señora Soledad Orellana Pino y la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veinte. (dia) Al folio N°1: Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo expuesto, se advierte que los mismo
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