MUÑOZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que en el folio 1, comparece Max Troncoso Moreno, abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en favor de Brayan Leandro Muñoz Concha, RUN 18.894.786-7, actualmente privado de libertad, en calidad de condenado, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca e interpone recurso de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por la Ministro doña Olga Morales Medina y los magistrados don Humberto Paiva Passero, don Américo Castro Figueroa, doña Cecilia Díaz Arrué y don Cristian Barrientos González; por el acto ilegal y arbitrario ejecutado mediante resolución fecha 20 de octubre de 2020, que rechazó conceder la Libertad Condicional al amparado. Indica que el amparado cumple penas de 8 años y 4 años por los delitos de homicidio simple y homicidio simple frustrado, impuestas el 15 de julio del 2015 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, en causa RIT 95-2015. Inició el cumplimiento de la condena el 04 de septiembre del 2015, observando como fecha de término 05 de septiembre del 2026. En cuanto al acto reclamado en esta acción, afirma que habiendo alcanzado el tiempo mínimo y la conducta requerida el amparado fue postulado, por Gendarmería de Chile, a la libertad condicional de este segundo semestre; sin embargo, con fecha 20 de octubre del año en curso, la Comisión rechazó la libertad condicional fundamentando que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 de la Ley N° 21.124: “[…] conforme al informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, que en lo pertinente a los factores de riesgo de reincidencia que analiza, establece que el solicitante ostenta un alto grado de compromiso delictual y mediano de riesgo de reincidencia, no identificando factores de riesgo, por lo que no cumple en concepto de esta comisión, con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor, en consecuencia, del otorgamiento del beneficio.” Expresa que es indiscutible que la Comisión es el órgano administrativo facultado por la ley para conocer y resolver las libertades condicionales, pero, también es cierto que, tal ejercicio decisorio debe realizarse dentro del marco objetivo e imparcial de todos los antecedentes de la postulante, situación que en el caso de marras no sucedió. La Comisión concentró su análisis en sólo parte de toda la información, que afirma que no estaba actualizada. Afirma que la conclusión de la Comisión se basa en un informe con contenido no actualizado de los antecedentes del amparado pues el alto riesgo de reincidencia corresponde a la evaluación del año 2017 y para la fecha de postulación de la libertad condicional había reducido su riesgo a medio, demostrando avances en su proceso de intervención como se indicó: “En fecha 17/02/2020, se evalúa nuevamente su nivel de riesgo de reincidencia, obteniendo 17 puntos, disminuyendo en cinco puntos ubicándolo en un nivel de riesg
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Max Troncoso Moreno, abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en favor de Brayan Leandro Muñoz Concha, RUN 18.894.786-7, actualmente privado de libertad, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol 346-2020/ Amparo.
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Talca, veintiocho de diciembre de dos mil veinte. Visto y considerando: Primero: Que en el folio 1, comparece Max Troncoso Moreno, abogado de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en favor de Brayan Leandro Muñoz Concha, RUN 18.894.786-7, actualmente privado de libertad, en calidad de condenado, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca e interpone recurso de amparo correctivo en c
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