2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INVERSIONES REMESA SPA/QUIROZ

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2020

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Que el examen del libelo de fecha 17 de septiembre de 2020, ha excedido las facultades que concede al juez de primera instancia el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, pues la supuesta falta de las exigencias que estatuyen los numerales 4° y 5° del artículo 254 del mismo texto legal al libelo pretensor no le permiten negar curso oficiosamente a la demanda, de modo que se enmendará la resolución en alzada y se ordenará dar inmediata tramitación regular a la causa. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cinco de octubre de este año, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-14226-2020; y en su lugar se ordena al juez a quo proveer de inmediato legalmente la demanda, otorgando tramitación regular a la causa. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-14071-2020. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX y el XXXXXXXXXXXXX. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cinco de octubre de este año, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-14226-2020; y en su lugar se ordena al juez a quo proveer de inmediato legalmente la demanda, otorgando tramitación regular a la causa. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-14071-2020. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX y el XXXXXXXXXXXXX. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Que el examen del libelo de fecha 17 de septiembre de 2020, ha excedido las facultades que concede al juez de primera instancia el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, pues la supuesta falta de las exigencias que estatuyen los numerales 4° y 5° del artículo 254 del mismo texto legal al libe

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