MP C/ GIOVANNI SEBASTIAN AGUILERA CONTRERAS
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Que en concepto de esta Corte concurren en la especie los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito de robo con violencia por el cual se formalizó al imputado. En efecto, la dinámica de los hechos da cuenta de que existió insistencia en la conducta de sustraer especies de propiedad de la víctima -banano, bolsa y celular- las que ella portaba tanto personalmente como en el coche de su hijo menor, desplegando para ello violencia que provocó lesiones a ella y al niño. La calificación jurídica del hecho que releva el juez a quo no es compartida por estos magistrados y en todo caso, podrá ser promovida después en el juicio oral respectivo en que el estándar probatorio es necesariamente mayor al de este estadio procesal. Respecto de la necesidad de cautela, teniendo en consideración la naturaleza, forma y circunstancias de comisión del delito que se le imputa, su reprochable conducta anterior, circunstancia de encontrarse actualmente con investigaciones penales en curso, habiendo perpetrado el ilícito de marras mientras se encontraba sujeto a cautelares que obviamente no tuvieron la idoneidad de hacerlo cesar de su actividad delictiva, debe necesariamente presumirse, entonces, que existe un inminente peligro de reiteración de otra conducta delictual y también riesgo de que se reste a las actuaciones del procedimiento, por lo que su libertad, se estima, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, la que sólo puede ser resguardada mediante su prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 22 de diciembre pasado, dictada por el 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad; y en su lugar se dispone la prisión preventiva del imputado don Giovanni Sebastián Aguilera Contreras. Devuélvase la competencia. Rol N° 6538-2020 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 22 de diciembre pasado, dictada por el 3° Juzgado de Garantía de esta ciudad; y en su lugar se dispone la prisión preventiva del imputado don Giovanni Sebastián Aguilera Contreras. Devuélvase la competencia. Rol N° 6538-2020 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinte. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-6538-2020 Ruc: 2001277307-3 Rit : O-7986-2020 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Omar Antonio Astudillo Contreras, señora Maria Soledad Melo Labra y señora Maritza Elena Villadangos Frankovich Relator: Karla Ortega Digitador (s): Alejandro G
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica