QUIROGA CISTERNA EDGARDO SEGUNDO / 1° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO.-
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Paulina Pérez Zapata, abogada, por la Defensoría Penal Pública, en representación de don Edgardo Segundo Quiroga Cisterna; imputado en causa RIT: 4441- 2020, sustanciada ante el 1° Juzgado de Garantía de Santiago, quien interpone acción de amparo en contra de doña Marcela de la Paz Nilo Leyton, juez titular del referido Tribunal, por haber incurrido éste en un acto ilegal mediante la dictación de la resolución de 16 de diciembre pasado, que ordena despachar orden de detención en su contra, solicitando que se reestablezca el imperio del derecho, disponiendo que se deja sin efecto la referida resolución y la orden de detención decretada. Fundando su acción señala que el Ministerio Público solicitó al 1° Juzgado de Garantía de Santiago la fijación de audiencia de formalización de la investigación y hizo presente que el imputado fue apercibido de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio ubicado en Alberto Mermod N° 8444, comuna de Pudahuel, la que se fijó por resolución de 04 de septiembre del año en curso que fijó la referid audiencia para el 16 de diciembre de dicho año y se dispuso notificar al imputado por cédula. Señala que el imputado no compareció a la audiencia citada, por lo que previa solicitud del Ministerio Público, fundada en la existencia de una notificación válida, en los artículos 33 y 127 del Código Procesal Penal y la existencia del apercibimiento del artículo 26 de dicho cuerpo legal, el tribunal resolvió acoger la solicitud y despachar orden de detención en contra del amparadp invocando lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 127 del Código Procesal Penal, resolución respecto de la cual su parte repuso indicando que dicha norma no era procedente por no haber sido válidamente notificado el imputado, al tratarse de la primera gestión en juicio, y que por lo tanto no podría entenderse que estamos frente a una ausencia “injustificada”, la que fue
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de don Edgardo Segundo Quiroga Cisterna, en contra de doña Marcela de la Paz Nilo Leyton, juez titular del 1° Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, y en su oportunidad archívese. N°Amparo-3011-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veinte. Al folio 6: A todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Paulina Pérez Zapata, abogada, por la Defensoría Penal Pública, en representación de don Edgardo Segundo Quiroga Cisterna; imputado en causa RIT: 4441- 2020, sustanciada ante el 1° Juzgado de Garantía de Santiago, quien interpone acci
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