JUZGADO DE LETRAS DE LIMACHE

FUNDACIÓN COLEGIO NACIONAL / LABRÍN

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2020

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Teniendo únicamente presente que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, no contempla ningún requisito como aquel exigido por el juez a quo en la resolución recurrida y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del citado cuerpo legal, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha veintitrés de julio de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras de Limache, en los autos Rol NºC-986-2020 y, en su lugar se declara, que se deberá dar curso progresivo a la gestión preparatoria como en derecho corresponda. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-2004-2020. En Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara, que se deberá dar curso progresivo a la gestión preparatoria como en derecho corresponda. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-2004-2020. En Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jevp. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinte. Visto: Teniendo únicamente presente que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, no contempla ningún requisito como aquel exigido por el juez a quo en la resolución recurrida y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del citado cuerpo legal, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha veintitr

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