M.P. C/ FREDDY JESUS PERALTA VASQUEZ
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2020
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado don Claudio Alejandro Córdova Muñoz, por don Freddy Jesús Peralta Vásquez, interpone recurso de nulidad en contra del
Fallo
fallo de fecha 30 de octubre de 2020, en la causa Rit. 54-2020 del Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, que condenó a éste a una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales, como autor del delito de robo con intimidación a Manuel Fernando Apablaza González, hecho ocurrido el 15 de enero de 2020. Invoca como causal única del recurso la del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación a requisitos del artículo 342 letras c), y a su vez al artículo 297 del mismo texto legal. Como antecedente previo, señala cual fue la acusación en contra de su representado por parte del Ministerio Público, y que es del tenor siguiente: “El día 15 de enero de 2020 aproximadamente a las 13.00 horas en circunstancias que la víctima Manuel Fernando Apablaza González, se encontraba en el sector de Avenida Manso de Velasco a la altura del ovalo, esperando a un amigo, llegó hasta dicho lugar el acusado Freddy Jesús Parada Vásquez, quien comenzó a increparlo manifestándola porque lo miraba feo, procedió a sentarse en la misma banca en que se encontraba la víctima. Luego de resto, sacó un cuchillo, con el cual lo apuntó al pecho, señalándole que se quedara tranquilo y que no se moviera, para proceder a introducir su mano en el bolsillo derecho , sustrayéndole el teléfono celular marca Sangsung modelo J7 color gris, para luego darse a la fuga del lugar, siendo observado por las cámaras de vigilancia e informado a personal de Carabineros, q
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Talca, veintitrés de diciembre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado don Claudio Alejandro Córdova Muñoz, por don Freddy Jesús Peralta Vásquez, interpone recurso de nulidad en contra del fallo de fecha 30 de octubre de 2020, en la causa Rit. 54-2020 del Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, que condenó a éste a una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su gra
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