FUNDACIÓN COLEGIO NACIONAL / PÉREZ
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2020
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que la citación a confesar deuda procede cuando no se tiene título ejecutivo y no guarda ninguna relación con la prueba de testigos, ni con las limitaciones a que se refieren los artículos 1708, 1709 y 1711 del Código Civil, para apreciar lo cual basta leer su tenor, de manera tal que se incurre en ilegalidad franca cuando se niega dar curso a la gestión, se revoca la resolución apelada de veintitrés de julio de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Letras de Limache, en sus autos C-974-2020 y en su lugar se declara que se dará tramitación a la gestión preparatoria como en derecho corresponde. Devuélvase. N°Civil-1995-2020.
Fallo
se declara que se dará tramitación a la gestión preparatoria como en derecho corresponde. Devuélvase. N°Civil-1995-2020.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de diciembre de dos mil veinte. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que la citación a confesar deuda procede cuando no se tiene título ejecutivo y no guarda ninguna relación con la prueba de testigos, ni con las limitaciones a que se refieren los artículos 1708, 1709 y 1711 del Código Civil, para apreciar lo cual basta lee
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica