HUMBERTO GABRIEL CASACUBERTA GOMEZ C/ DANIELA LOZANO MENA
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Visto: Con el mérito de la certificación de la señora Relatora y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2º del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en autos. Comuníquese. N°Penal-6048-2020. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por los Ministros señor Javier Aníbal Moya Cuadra, señora Mireya Eugenia López Miranda y señor Alejandro Rivera Muñoz. En Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de apelación deducido en autos. Comuníquese. N°Penal-6048-2020. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por los Ministros señor Javier Aníbal Moya Cuadra, señora Mireya Eugenia López Miranda y señor Alejandro Rivera Muñoz. En Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que, el abogado defensor y recurrente no se anunció, ni compareció o tomó contacto alguno con esta Relatora, para efectos de alegar su recurso, previo a la audiencia respectiva. Santiago, 21 de diciembre de 2020. Paulina Aguirre M. Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veinte. Visto: Con el mérito de la certificación de la señora Relatora y lo dispuesto
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